El Ministerio de Salud publicó los que serían los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención -RIA- para la población con riesgo o presencia de alteraciones nutricionales, con las directrices para su operación y su respectivo anexo técnico que será de obligatorio cumplimiento.
Estas directrices deben ser acatadas por entidades territoriales, EPS, prestadores y en general cualquier entidad responsable de intervenciones relacionadas con la promoción, mantenimiento de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y demás acciones en el marco de la Política de Atención Integral en Salud.
Es preciso decir que aplica de igual forma para los regímenes de excepción y especiales como responsables de las intervenciones que se realizan sobre la población a su cargo. Las entidades obligadas a cumplir con esta RIA adaptarán la atención en salud en función de las condiciones de los ámbitos territoriales urbanos, de alta ruralidad y dispersos, así como de los diferentes grupos poblacionales, sin perjuicio de la obligatoriedad de brindar las atenciones establecidas en este lineamiento técnico.
Sin embargo, la adaptación de los servicios de salud al lineamiento técnico y operativo, no puede constituir barrera para el acceso efectivo de tales servicios, por lo que la prestación de estos debe hacerse sin que medie autorización previa y sin perjuicio de que puedan ser solicitados u ordenados en el marco de cualquier consulta a la que asista el sujeto de atención en salud.
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Suficiencia del talento humano
Las EPS, IPS y demás entidades obligadas a cumplir con lo lineamientos de esta RIA deben garantizar la disponibilidad, suficiencia e idoneidad del talento humano requerido para ejecutar las acciones sobre la población con riesgo o presencia de alteraciones nutricionales. Para el efecto, deberán cumplir con el perfil establecido en dicho lineamiento, sin perjuicio de que puedan incluir perfiles adicionales de acuerdo con las condiciones territoriales y socioculturales, consideren pertinentes.
Así mismo, estas entidades realizarán en el marco de sus competencias, el monitoreo de las intervenciones establecidas. Los resultados del monitoreo y evaluación constituirán insumo para la toma de decisiones requeridas para garantizar la calidad de la atención en salud, determinar el impacto de las intervenciones contenidas en la ruta y el cumplimiento de lo dispuesto en este documento.
Adicionalmente, el Ministerio de Salud a través de la Dirección de Promoción y Prevención informará anualmente a la Superintendencia Nacional de Salud los resultados del monitoreo y evaluación, a fin de que esta adelante las acciones correspondientes al amparo de sus competencias.
Detalles de la RIA
El objetivo principal de esta RIA es garantizar las intervenciones que permitan prevenir y gestionar el riesgo o presencia de alteraciones nutricionales tales como desnutrición aguda moderada y severa en niños y niñas menores de 5 años de edad, anemia por deficiencia de hierro en niños y niñas de 6 meses a 5 años de edad y sobrepeso y obesidad para toda la población.
Se espera que con la la adopción de esta RIA se obtengan resultados alineados con la Resolución 3280 de 2018 relacionados con salud nutricional. Específicamente se proyecta que haya un mayor número de personas con adecuado estado nutricional de acuerdo con su edad; personas con conocimientos, actitudes y prácticas para un adecuado estado nutricional y prevenir las enfermedades relacionadas con el régimen alimentario.
Para lograrlo se propone la gestión del riesgo de personas con alteraciones nutricionales desde la óptica del ente territorial, el prestador y el asegurador, para desarrollar intervenciones colectivas que impacten directamente sobre esta población, abordando los entornos en donde se desarrolla: hogar, educativo, comunitario institucional y laboral.
También se desarrollarán actividades de intervención individual mediante acciones de demanda inducida, la integración con otras rutas si el paciente aplica, y la demanda espontánea.
Dentro del anexo de la RIA se incluye además el manejo de factores de riesgo asociados a la presencia de alteraciones nutricionales y un componente diferencial para la atención de niños, niñas y adolescentes con alteraciones de este tipo.