El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 1811 de 2025, una norma que redefine el marco regulatorio para el uso de equipos generadores de radiación ionizante en Colombia, tales como rayos X, tomógrafos, mamógrafos, fluoroscopios y aceleradores lineales. La disposición establece nuevos requisitos técnicos y de talento humano para la obtención de licencias, protocolos de control de calidad más rigurosos y lineamientos de protección radiológica actualizados, con el fin de proteger a pacientes, trabajadores y al público en general frente a los riesgos derivados de la exposición a radiaciones.
Con esta actualización, el país se alinea a las guías más recientes del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) y fortalece la seguridad en prácticas médicas, veterinarias, industriales e investigativas que dependen de estas tecnologías.
Un cambio normativo de alto impacto en salud y seguridad
La Resolución 1811 de 2025 sustituye y actualiza la Resolución 482 de 2018, consolidando un marco más estricto para la operación de equipos como rayos X, tomógrafos, mamógrafos, fluoroscopios y aceleradores lineales, entre otros.
De acuerdo con el Ministerio de Salud, la medida responde a la necesidad de fortalecer la protección radiológica de pacientes, trabajadores y público, frente a riesgos asociados a la exposición a radiaciones ionizantes. Este tipo de radiaciones, aunque fundamentales para diagnóstico y tratamiento, pueden causar efectos adversos si no se controlan bajo parámetros técnicos rigurosos, como lo advierten la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP) y el propio OIEA.
Licencias obligatorias y vigilancia descentralizada
Uno de los puntos centrales de la norma es el establecimiento de licencias obligatorias para:
- Uso de equipos de radiación ionizante en prácticas médicas, veterinarias, industriales o de investigación.
- Prestación de servicios de protección radiológica y control de calidad.
Estas licencias tendrán una vigencia de cuatro años y serán emitidas por las secretarías departamentales y distritales de salud. Además, deberán renovarse con un proceso que incluye visitas de verificación técnica, protocolos de control de calidad y actualización de la documentación exigida.
Categorización de las prácticas médicas
La resolución clasifica las prácticas médicas que utilizan radiación ionizante en tres categorías, con requisitos diferenciados en talento humano, infraestructura y protocolos:
- Categoría I (baja complejidad): incluye radiología odontológica periapical, panorámica, densitometría ósea y radiografía para muestras médicas.
- Categoría II (media y alta complejidad): contempla tomografía computarizada, mamografía, fluoroscopía, radiología intervencionista y equipos híbridos como PET-CT o SPECT-CT.
- Categoría III (alta complejidad terapéutica): radioterapia básica, intermedia y avanzada, incluyendo procedimientos de radiocirugía y tratamientos de alta precisión.
Esta diferenciación permite mayor control proporcional al riesgo de la práctica, un principio recomendado por la Guía de Seguridad Específica SSG-44 del OIEA (2023).
Requisitos técnicos y de talento humano
Para obtener una licencia, los prestadores deberán demostrar una capacidad técnica y humana certificada que garantice el cumplimiento de estándares internacionales. La norma exige la designación de un Director Técnico, profesional con posgrado en física médica o especialización en protección radiológica, con una experiencia mínima de entre uno y tres años, dependiendo de la categoría de la práctica. Asimismo, cada instalación debe contar con un encargado de protección radiológica, responsable de aplicar los principios de seguridad y liderar los programas de capacitación institucional. En materia operativa, se establece la adopción de protocolos de control de calidad basados en referentes internacionales como el TECDOC 1958, el TRS 483 del OIEA y las guías de la Asociación Americana de Física Médica (AAPM).
A esto se suman la realización de estudios ambientales y cálculos de blindaje en instalaciones nuevas o con modificaciones estructurales, así como la obligación de mantener registros dosimétricos actualizados para monitorear la exposición de los trabajadores ocupacionalmente expuestos. Con estas exigencias, el Ministerio busca profesionalizar aún más la gestión de la radiología y la radioterapia, garantizando condiciones óptimas de operación y reduciendo al mínimo los riesgos de error en diagnóstico o tratamiento.
Implicaciones para el sector salud y productivo
El alcance de la Resolución 1811 de 2025 va mucho más allá de hospitales y clínicas, extendiéndose a otros ámbitos que también utilizan radiación ionizante. Los odontólogos y las clínicas veterinarias deberán ajustar sus equipos y protocolos a la nueva normativa, mientras que los centros de investigación estarán obligados a presentar licencias específicas y a realizar estudios ambientales para garantizar la seguridad en sus instalaciones.
Del mismo modo, sectores industriales y de seguridad, como la inspección de soldaduras, el control de calidad en aeronaves o la radiografía de materiales, quedarán sujetos al cumplimiento de estas disposiciones. En la práctica, esta actualización normativa implica para todas las instituciones una inversión significativa en capacitación, adecuación de infraestructuras y certificación de equipos, lo que representa un desafío financiero pero también una oportunidad para elevar la calidad y la seguridad de los servicios que ofrecen.
Estándares internacionales y modernización del control radiológico
La Resolución 1811 de 2025 no solo redefine el marco normativo nacional, sino que también coloca a Colombia en sintonía con los estándares de la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP) y con las guías técnicas más recientes del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), como el documento GSR Parte 3 sobre seguridad radiológica y la SSG-44 sobre infraestructura de protección radiológica. Este alineamiento fortalece la confianza en los servicios de salud y abre la puerta a una cooperación internacional más activa en investigación clínica y transferencia tecnológica.
Su valor radica en la capacidad de modernizar el control normativo sobre un área crítica de la atención en salud: el uso de la radiación ionizante. En la práctica, implica mayor seguridad para los pacientes al reducir el riesgo de exposiciones innecesarias, una protección ocupacional más estricta al reconocer la radiación como un riesgo laboral regulado por el Decreto 2090 de 2003, y un fortalecimiento institucional mediante la exigencia de capacitación continua, tecnovigilancia y gestión de riesgos. El desafío, sin embargo, estará en la capacidad de las secretarías de salud para vigilar y controlar de manera efectiva la aplicación de la norma, especialmente en territorios con limitaciones de infraestructura y recursos técnicos.
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