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¿Qué sanciones jurídicas pueden haber si no diligencia adecuadamente la historia clínica de sus pacientes?

En muchos casos los profesionales de la salud no la diligencian con la rigurosidad adecuada, lo cual puede acarrear consecuencias ante una eventual reclamación jurídica por el ejercicio de su profesión.
¿Qué sanciones jurídicas pueden haber si no diligencia adecuadamente la historia clínica de sus pacientes?
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La historia clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención y errores en su diligenciamiento pueden acarrear sanciones.

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Según el artículo 34 de la Ley 23 de 1981, “la historia clínica es el registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente. Es un documento privado sometido a reserva que únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por la Ley”.

Sin embargo, el equipo jurídico de la Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación (S. C.A.R. E) explicó que en muchos casos los profesionales de la salud no la diligencian con la rigurosidad adecuada, lo cual puede acarrear consecuencias ante una eventual reclamación jurídica por el ejercicio de su profesión.

La historia clínica propende por la efectividad de varios derechos del paciente, todos ellos de carácter fundamental, según disposición de la Constitución Política de Colombia.

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Es por estas repercusiones que acciones de tipo judicial y administrativo en las que puede encausarse al talento humano en salud que incumpla con su diligenciamiento, aun cuando esta falta no vaya acompañada de algún daño generado al paciente, precisa la SCARE.

Diciéndolo de forma más sencilla, precisa la Asociación, usted puede haber hecho todo a la perfección respecto al cuidado de la salud del paciente, de su acto médico o asistencial, y pudo haber cumplido con la finalidad que se proponía; pero si omitió un registro o lo realizó de manera equivocada sin haber hecho la aclaración correspondiente, este último hecho, por sí solo, puede dar lugar a sanciones.

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¿Cuáles sanciones?

Pero, ¿cuáles sanciones puede recibir el profesional de la salud por no diligenciar correctamente la Historia Clínica Electrónica?

Puede haber sanciones de tipo disciplinario, impuestas por oficinas de control interno disciplinario, procuradurías o personerías para el caso de servidores públicos, y así generar multas, suspensiones o inhabilidades de tipo ético-disciplinario.

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Estas sanciones o inhabilidades las pueden imponer tribunales de ética (médica, de enfermería o de odontología, entre otros), y generar amonestaciones, censuras, suspensiones o sanciones de contenido sancionatorio.

Asimismo, las secretarías de Salud están facultadas para imponer sanciones, que pueden ir desde amonestaciones hasta multas económicas.

Todas estas consecuencias quedan registradas como antecedentes que pueden tener repercusión desde el punto de vista del desempeño profesional y laboral.

Por todo lo anterior, y no solo frente a la eventual posibilidad de una reclamación jurídica, se debe hacer un adecuado registro de historia clínica.

Recuerde que diligenciar este documento debe entenderse y evaluarse individualmente como un acto médico asistencial.

Solo al hacer una introspección de estas repercusiones de la historia clínica, será posible actuar de manera responsable, ética, segura y preventiva, protegiendo los derechos del paciente y que además traerá como consecuencia favorable dar cumplimiento a la normatividad colombiana.

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