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Minsalud emite proyecto para modificar Resolución 555 con el fin de mejorar el acceso a la salud

Proyecto de Resolución para modificar de la Resolución 555 de 2022
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En un esfuerzo por mejorar y hacer más accesible el sistema de salud colombiano, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió un Proyecto de Resolución que modifica la Resolución 555 de 2022. Esta actualización normativa responde a la necesidad de ajustar los criterios y procedimientos para la asignación de recursos en el sector salud, con el objetivo de eliminar barreras y fomentar una mayor equidad en la atención sanitaria.

El proyecto de resolución se basa en diversas disposiciones constitucionales y legales, refuerza el compromiso del Estado de garantizar el derecho fundamental a la salud de todos los residentes en Colombia. Entre las normativas que respaldan esta modificación se encuentran:

Ley 715 de 2001: Establece las competencias de la Nación en la dirección del sector salud.

Ley 1751 de 2015: Conocida como la Ley Estatutaria de Salud, define el derecho fundamental a la salud y las responsabilidades del Estado.

Decreto Ley 4107 de 2011: Detalla las funciones del Ministerio de Salud y Protección Social.

Resolución 737 de 2024: Actualiza las reglas para la asignación y seguimiento de recursos en salud.

Cambios clave en el proyecto de resolución

Uno de los cambios más significativos es la eliminación del requisito de cofinanciación para los proyectos presentados por entidades territoriales y Empresas Sociales del Estado (E.S.E) que buscan adquirir vehículos de transporte asistencial y componentes extramurales. Este requisito había sido una barrera para muchas entidades con dificultades económicas, impidiendo la presentación de proyectos cruciales para la prestación de servicios de salud.

Nuevos criterios de asignación de recursos

El proyecto de resolución modifica los criterios para la asignación de recursos, adaptándolos a las prioridades actuales en salud y a las estrategias del Gobierno Nacional.

Los fondos del Presupuesto General de la Nación para los rubros “Apoyo a Programas de Desarrollo de la Salud Ley 100 de 1993”, “Plan Nacional de Salud Rural” y “Mejoramiento de la Red de Urgencias y Atención de Enfermedades Catastróficas y Accidentes de Tráfico” serán distribuidos a las entidades territoriales o a las Empresas Sociales del Estado para financiar o cofinanciar los proyectos que presenten, de acuerdo con los criterios establecidos en la presente resolución y la focalización que responda al interés legal, estratégico, misional o de gestión de este Ministerio.

El artículo 2 de la Resolución 555 de 2022 quedaría así:

Artículo 2. Verificación de Criterios. La dependencia del Ministerio de Salud y Protección Social responsable de la iniciativa del gasto presentará ante el Comité Asesor para la Asignación de Recursos – CAAR la propuesta para asignación de recursos, soportada en un concepto técnico en el que verifique la viabilidad de la propuesta presentadas por entidades territoriales y/o Empresas Sociales del Estado para su financiación o cofinanciación. El concepto técnico deberá señalar que la propuesta cumple, como mínimo, con dos (2) de los siguientes criterios:

2.1. Que la propuesta permita mayor acceso y atención a la población de la entidad territorial o empresa social del Estado.

2.2. Encontrarse acreditada en salud.

2.3. Que la Empresa Social del Estado beneficiaría de la asignación de recursos, corresponda a municipios de tercera, cuarta, quinta y sexta categoría, conforme a lo certificado por la Contaduría General de la Nación.

2.4. Que la Empresa Social del Estado beneficiaría de la asignación de recursos, corresponda a municipios con presencia de comunidades indígenas, afro, raizales, palenquera y Room, debidamente certificadas por el Ministerio del Interior.

2.5. Que la ejecución del proyecto a financiar o cofinanciar aporte a la reducción de emisiones de CO2.

2.6.  Hacer parte de los compromisos adquiridos en desarrollo de la acciones o actividades territoriales o regionales de la Presidencia de la Republica.

2.7.  Haber sido incluida en el Programa de Acción Inmediata — AI Hospital.

2.8. Que la propuesta presentada sea una prioridad en materia de Gestión del Riesgo de Desastres en salud.

2.9. Encontrarse ubicada en un municipio con antiguos Espacios territoriales de Capacitación y Reincorporación — ETCR, Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial — PDET, Zonas Más Afectadas por el Conflicto Armado – ZOMAC, Plan Integral Municipal y Comunitario de Sustitución y Desarrollo Alternativo – PISDA o Plan Nacional de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito PNIS.

2.10. Que el proyecto presentado constituya respuesta a alguna de las prioridades en materia de salud pública. 2.11. Que la propuesta presentada haga parte del cumplimiento de órdenes judiciales o de autoridad administrativa competente

2.12. Que la propuesta presentada permita dar cumplimiento a los acuerdos de paz o de finalización del conflicto.

2.13. Que la propuesta presentada propenda por la disponibilidad de servicios en zonas dispersas, marginadas o de baja densidad poblacional.

2.14.  Que la propuesta atienda a la sostenibilidad o funcionamiento de la institución.

Requisitos específicos para transporte asistencial

El proyecto también detalla los requisitos específicos para la financiación o cofinanciación del transporte asistencial y del componente extramural modificando el Artículo 3. Estos incluyen la presentación de propuestas en el formato Metodología General Ajustada (MGA) versión Web y contar con una Ficha Técnica de Viabilidad.

Participación y transparencia

Otro cambio importante es la inclusión de nuevas dependencias del Ministerio de Salud y Protección Social en el Comité Asesor para la Asignación de Recursos (CAAR). Estas dependencias, aunque no enumeradas previamente como integrantes del CAAR, ahora tendrán voz y voto en las sesiones en las que presenten propuestas de asignación de recursos.

Con estos cambios, el Ministerio de Salud y Protección Social busca cerrar las brechas existentes en el acceso a los servicios de salud, especialmente en las regiones más desfavorecidas. La eliminación del requisito de cofinanciación y la actualización de los criterios de asignación de recursos representan un avance significativo hacia un sistema de salud más equitativo y accesible.

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