Medidas Para Cumplimiento De Prohibición.
La prohibición del consumo de productos de tabaco y sus derivados, en las áreas cerradas de los lugares de trabajo y/o de los lugares de acceso al público a que se refiere el artículo 19 de la Ley 1335 de 2009, implica la abstención total del consumo de productos de tabaco, a fin de contar con ambientes 100% libre de humo de tabaco y sus derivados.
Es área cerrada, todo espacio cubierto por un techo y confinado por paredes, sin importar el material utilizado y de su carácter permanente o temporal, de los lugares utilizados por las personas durante su empleo o trabajo incluyendo todos los lugares conexos o anexos y vehículos que los trabajadores utilizan en su labor.