Precio recobro medicamento NO POS

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La Resolución 3470 establece valores máximos para el reconocimiento y pago de recobros por medicamentos no incluidos
en el POS. En aplicación de la metodología definida por los Ministerios de hacienda y Crédito Publico y de la Protección Social, se establecen los valores máximos para tener en cuenta para el reconocimiento y pago de recobros por medicamentos no incluidos en los planes de beneficios con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía.

La resolución 3470 de 2011, incluye 135 medicamentos.

Los valores máximos de los principios activos listados (135), hacen referencia a la presentación de comercialización de los medicamentos sin adecuaciones para su administración y/o dispensación.
Los costos asociados a la adecuación,  administración y/o dispensación de estos medicamentos se reconocerán como un porcentaje adicional sobre los valores máximos de recobro. El valor final de reconocimiento y pago no podrá superar los valores máximos establecidos en la presente resolución por unidad de dispensación, mas el 12%.

La Resolución 3470 de 2011, finalmente aclara que cuando el valor registrado en la factura del proveedor sea menor que el valor final del que trata la resolución, el Fosyga reconocerá el valor de la factura del proveedor.

Resolucion 3470 de 2011 – Precio recobro medicamento NO POS

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