Mediante el Decreto 616 de 2022 se estableció la contribución solidaria como un nuevo mecanismo de afiliación al régimen subsidiado. En esta norma se mencionan los lineamientos referentes a el registro y reporte de novedades de esta población, la afiliación de este tipo aplicada a los migrantes venezolanos, plazos para pagar la contribución, agente de recaudo, etc.
Sin embargo, con menos de dos meses de oficialización ya se avecinan modificaciones referentes a la transitoriedad de la aplicación de la norma.
En primera instancia se establecía que la implementación de los desarrollos tecnológicos que se requieran para la operación de la afiliación en el Régimen Subsidiado a través del mecanismo de la contribución solidaria deberá efectuarse en un plazo no mayor a un mes a partir de la expedición de este nuevo decreto.
Además a más tardar el 5 de marzo de 2024 las entidades territoriales deberán haber actualizado la clasificación de las personas afiliadas en el Régimen Subsidiado a la metodología IV del Sisbén. Este plazo se amplió en un año exacto, es decir, que el Decreto 616 de 2022 lo establecía hasta el 5 de marzo de 2023.
Migrantes venezolanos y su afiliación al mecanismo de contribución solidaria
Además se añade que las EPS deberán informar a sus afiliados por lo menos cada 3 (tres) meses, la obligación de aplicarse la encuesta.
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Finalmente, ahora se establece que los migrantes venezolanos con Permiso Especial de Permanencia – PEP afiliados a través de listado censal deberán solicitar a la entidad territorial la aplicación de la encuesta Sisbén en la última metodología vigente, y contar con la clasificación antes del 1 de marzo de 2023. Una vez obtengan la clasificación continuarán afiliados según aplique.