El pasado 18 de septiembre de 2025, el Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) expidió la Resolución 1912 de 2025, mediante la cual se formaliza el acompañamiento institucional para la organización y puesta en marcha del Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil. Este respaldo se concibe como un proceso de asesoría y apoyo ministerial por un periodo de seis meses, con el objetivo de garantizar la entrada en operación de una de las instituciones hospitalarias más emblemáticas y estratégicas del país.
El documento no solo representa un paso administrativo, sino que encierra un acto político y técnico de alto impacto para la red de salud de Bogotá y para el sistema nacional de atención hospitalaria. El San Juan de Dios es considerado un referente histórico en la prestación de servicios de alta complejidad, la investigación biomédica y la formación de talento humano, y su recuperación ha sido una demanda reiterada de la comunidad científica, académica y social.
Minsalud: Seis meses de respaldo oficial para la reapertura hospitalaria
La resolución establece que el Ministerio apoyará al Hospital “en la gestión y los trámites necesarios para la organización y puesta en funcionamiento”, con una duración definida de seis (6) meses a partir de su expedición. Este acompañamiento tendrá un carácter estrictamente técnico y se desarrollará bajo tres condiciones fundamentales:
- Se realizará en los espacios dispuestos por el Ministerio, utilizando sus propias herramientas y medios.
- El apoyo se limitará a asesoría y acompañamiento, sin que se entienda como prestación directa de servicios asistenciales.
- No generará relación laboral alguna entre los funcionarios ministeriales y el Hospital.
La precisión es clave para evitar interpretaciones sobre eventuales responsabilidades laborales o contractuales, en un contexto donde la apertura del Hospital implica desafíos financieros y administrativos significativos.
Coordinación estatal: el principio que respalda la Resolución 1912
La Resolución 1912 de 2025 se apoya en un robusto marco jurídico que resalta el principio de coordinación entre entidades del Estado como base de actuación. Entre los fundamentos citados se incluyen:
- Constitución Política de Colombia: artículos 113 y 209, que obligan a la colaboración armónica y a la coordinación administrativa.
- Ley 489 de 1998: artículos 6, 44 y 61, que definen la función de los ministros como orientadores y coordinadores de las entidades adscritas.
- Sentencia C-149 de 2010 de la Corte Constitucional: establece que la coordinación implica un ejercicio armónico y complementario de competencias concurrentes.
- Decreto Ley 4107 de 2011: fija como función del Ministerio dirigir la política pública en salud y asistir técnicamente a entidades descentralizadas.
Este marco reafirma que el acompañamiento ministerial no constituye una excepción, sino una obligación legal derivada de la colaboración interinstitucional para garantizar el cumplimiento de los fines del Estado.
San Juan de Dios: un hospital universitario con misión múltiple
El Hospital Universitario San Juan de Dios y Materno Infantil fue creado mediante el Decreto Ley 1959 del 15 de noviembre de 2023 como una entidad especial del orden nacional, vinculada al Ministerio de Salud y con plena autonomía administrativa, técnica y financiera. Su régimen corresponde al de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE), lo que le otorga mayor flexibilidad en la gestión presupuestal y operativa. Su objeto institucional es amplio y se proyecta en cuatro ejes:
- Prestación de servicios de mediana y alta complejidad, para atender a la población general con un enfoque integral.
- Investigación, desarrollo e innovación en salud, actuando como organismo asesor y articulador de políticas científicas.
- Formación de talento humano en salud, incluyendo programas de educación superior, técnica y continua.
- Preservación de patrimonio cultural, al estar constituido como Bien de Interés Cultural (BIC), que integra el valor histórico del Hospital San Juan de Dios y el Instituto Materno Infantil.
La resolución lo reconoce como un “actor fundamental y estratégico para el desarrollo del sector salud y la satisfacción de las necesidades sociales”, con un papel central en el cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, Ley 2294 de 2023, ‘Colombia Potencia Mundial de la Vida’.
Bogotá espera alivio hospitalario con el regreso del San Juan de Dios
El regreso del San Juan de Dios a la operación asistencial supone un reordenamiento significativo de la red hospitalaria de Bogotá, que actualmente enfrenta problemas de capacidad en la atención de alta complejidad.
- Descongestión hospitalaria: se espera que su apertura contribuya a reducir la presión sobre hospitales como el Simón Bolívar, La Samaritana y el Santa Clara, que hoy absorben gran parte de la demanda en urgencias y servicios especializados.
- Ampliación de oferta en alta complejidad: el Hospital contará con infraestructura y personal para fortalecer áreas críticas como cirugía cardiovascular, trasplantes, oncología y materno-infantil.
- Centro universitario: al funcionar como hospital universitario, se convertirá en eje de prácticas clínicas y de investigación para universidades públicas y privadas, fortaleciendo la formación de médicos y especialistas.
Este impacto será particularmente relevante en un contexto en el que Bogotá registra altos niveles de ocupación en camas UCI y déficit de especialistas, problemas que se han agudizado en los últimos años.
Un hospital histórico en medio de la crisis del sistema de salud
La reapertura del San Juan de Dios también debe leerse en el marco de la crisis estructural del sistema de salud colombiano, marcada por la insolvencia de EPS, deudas acumuladas con hospitales y clínicas, y tensiones en el financiamiento del sistema.
Aunque la Resolución 1912 no asigna recursos financieros adicionales al Hospital, su puesta en marcha implica un reto presupuestal de gran magnitud, ya que la sostenibilidad de una institución de esta envergadura dependerá de la articulación entre fuentes públicas, aseguramiento en salud y eventuales recursos de investigación.
En este sentido, el acompañamiento ministerial es un primer paso para garantizar viabilidad administrativa y técnica, pero será necesario definir mecanismos de financiación a largo plazo que eviten repetir las crisis financieras que en el pasado llevaron al cierre del Hospital.
La Resolución 1912: un paso, pero no el punto final
La resolución formaliza en dos artículos las decisiones ministeriales:
- Artículo 1: establece el apoyo ministerial en la gestión y trámites de puesta en funcionamiento del Hospital por un período de seis meses.
- Artículo 2: fija la vigencia a partir del 18 de septiembre de 2025.
El documento fue firmado por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, junto al director jurídico (E) Rodolfo Salas Figueroa, el subdirector de Asuntos Normativos Cristhian Ricardo Abello Zapata y el abogado revisor Daniel Medellín.
Si bien constituye un hito normativo y administrativo, el reto de fondo será consolidar al Hospital como referente de alta complejidad, ciencia y formación médica, en un sistema de salud que atraviesa turbulencias estructurales.
Un hospital entre el símbolo y la necesidad
La Resolución 1912 de 2025 constituye un paso decisivo en el renacimiento del Hospital San Juan de Dios, una institución que simboliza la historia hospitalaria de Colombia y que ahora busca proyectarse como un actor estratégico para el futuro de la salud pública.
El acompañamiento ministerial permitirá ordenar su apertura, pero el verdadero desafío será garantizar su sostenibilidad financiera y funcional en el largo plazo, en medio de la crisis del sistema de salud. Si logra consolidarse, el San Juan de Dios no solo aliviará la red hospitalaria de Bogotá, sino que se convertirá en un símbolo de resiliencia institucional y renovación del sistema hospitalario colombiano.
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