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Minsalud propone cambios clave al acceso medicinal del cannabis en Colombia

Reglamentan uso medicinal e industrial del cannabis en Colombia
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El Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) emitió un proyecto de decreto sobre el acceso seguro e informado al uso medicinal del cannabis en Colombia, el cual propone cambios sustanciales al marco regulatorio vigente para ampliar las posibilidades terapéuticas del cannabis y garantizar un acceso controlado y seguro para los pacientes. Este nuevo decreto busca modificar el Titulo 11 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, consolidando las normativas que rigen el uso médico y científico del cannabis y ajustándolas a las necesidades actuales del sector salud.

La propuesta de modificación se enmarca dentro de un sólido cuerpo normativo que incluye la Ley 1787 de 2016, la cual estableció el acceso regulado al cannabis medicinal, y el Decreto 811 de 2021, que actualizó las reglas sobre el cultivo, importación, exportación, producción y distribución de esta planta. Estas normativas permiten un uso medicinal del cannabis basado en evidencia científica y bajo estrictos controles gubernamentales​.

De acuerdo con el documento, la principal modificación que propone este proyecto de resolución radica en ajustar y ampliar el acceso al cannabis medicinal, con la inclusión de nuevas definiciones y modalidades de uso, así como el fortalecimiento de pequeños cultivadores. El objetivo es optimizar los procesos de producción, comercialización y uso del cannabis, asegurando una regulación más eficiente y equitativa.

Modificaciones claves del Decreto 780 de 2016

La propuesta de modificación introduce cambios que impactan directamente varios aspectos del Título 11 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, el cual fue actualizado por el Decreto 811 de 2021. Estas son algunas de las modificaciones más relevantes:

  • Definición de productos fiscalizados y no fiscalizados: La modificación introduce una clara diferenciación entre productos que contienen tetrahidrocannabinol (THC) en concentraciones superiores a 2 mg por gramo o mililitro, que serán considerados productos fiscalizados y estarán sujetos a controles más estrictos, y aquellos con menores concentraciones de THC, que serán clasificados como productos no fiscalizados. Esto permite mayor flexibilidad en la comercialización y distribución de productos con bajo contenido psicoactivo.
  • Productos terminados: Se introduce la posibilidad de que la flor de cannabis sea considerada como un producto terminado para consumo humano o veterinario, siempre que cumpla con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Este cambio es crucial, ya que antes no se permitía el uso de la flor de cannabis en su forma natural como producto para consumo directo.
  • Licencias para el cultivo y comercialización: Se actualizan las modalidades de las licencias para el cultivo de cannabis psicoactivo y no psicoactivo. El Ministerio de Justicia será el encargado de otorgar estas licencias, que incluirán actividades como la producción de semillas, transformación de grano, fabricación de derivados, y la investigación. También se contempla la posibilidad de exportar productos terminados.
  • Protección a pequeños cultivadores: Se establece un periodo de transición de dos años durante el cual los pequeños y medianos productores tendrán exclusividad en el cultivo de cannabis para fines medicinales, tanto para el mercado nacional como para la exportación. Esto les otorga una ventaja competitiva frente a grandes productores y fomenta el crecimiento de la industria local.
  • Requisitos adicionales para las licencias: Los titulares de licencias deberán cumplir con una serie de requisitos específicos para garantizar el uso adecuado y seguro del cannabis medicinal. Entre estos se incluye la exigencia de presentar las autorizaciones necesarias en cualquier transacción relacionada con cannabis, y la obligación de registrar cualquier transacción en el Fondo Nacional de Estupefacientes (FNE).

Impacto del decreto modificado

Estas modificaciones no solo tienen un impacto en el acceso y control del uso medicinal del cannabis, sino que también representan una oportunidad económica significativa para Colombia. El país, con sus condiciones climáticas ideales para el cultivo de cannabis, puede convertirse en un referente mundial en la producción y exportación de cannabis medicinal. El marco legal actualizado busca garantizar que el acceso al cannabis medicinal se realice de manera segura, controlada y bajo estándares de calidad internacional.

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Además, la posibilidad de que los pequeños y medianos cultivadores puedan tener exclusividad durante los primeros años de implementación de esta nueva regulación fomenta el desarrollo económico local, creando empleo y oportunidades en zonas rurales donde el cultivo de cannabis medicinal puede tener un impacto transformador.

Si bien el proyecto de resolución introduce avances significativos, también enfrenta varios desafíos. Uno de ellos es la correcta implementación de las nuevas normativas y la garantía de que todos los actores involucrados, desde los productores hasta los distribuidores, cumplan con los requisitos establecidos por las autoridades sanitarias y de control. Además, es fundamental que los profesionales de la salud y los pacientes reciban una educación adecuada sobre el uso del cannabis medicinal, para asegurar que los tratamientos sean efectivos y seguros.

Por otro lado, la modificación del Decreto 780 de 2016 también abre la puerta a nuevas investigaciones clínicas sobre los beneficios del cannabis medicinal, lo que puede mejorar el tratamiento de enfermedades crónicas y condiciones que no responden bien a las terapias convencionales.

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Impacto económico y social del proyecto de decreto

Colombia tiene condiciones climáticas y geográficas ideales para el cultivo de cannabis, lo que presenta una oportunidad para convertirse en un líder global en la producción de cannabis medicinal. Con las modificaciones propuestas, se espera que el país pueda fortalecer su posición en el mercado internacional, generando empleos y atrayendo inversión extranjera, al tiempo que se impulsa el desarrollo de tecnologías agrícolas y farmacéuticas en el ámbito local.

La regulación de productos derivados del cannabis, respaldada por estándares de calidad internacional, es esencial para garantizar que los pacientes tengan acceso a tratamientos seguros y eficaces. Esto incluye asegurar que los productos disponibles en el mercado cumplan con los requisitos sanitarios necesarios para ofrecer confianza tanto a los pacientes como a los profesionales de la salud.

A pesar de los avances, el acceso al cannabis medicinal en Colombia enfrenta desafíos importantes. Uno de los principales retos es la regulación adecuada de su producción y distribución, que garantice un control efectivo sin poner en riesgo la disponibilidad de productos terapéuticos. Asimismo, es fundamental contar con una estrategia de comunicación que eduque tanto a los profesionales de la salud como a los pacientes sobre los beneficios, riesgos y usos adecuados del cannabis medicinal.

Además, la implementación de estas modificaciones normativas podría abrir la puerta a nuevas investigaciones clínicas sobre el uso del cannabis en tratamientos de enfermedades crónicas o aquellas que no responden bien a terapias convencionales. Esto permitiría mejorar la atención a pacientes con condiciones complejas y fomentar el desarrollo de nuevas alternativas terapéuticas basadas en el cannabis.

Descargue aquí el proyecto de decreto:

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