Giro Directo a Prestadores

Compartir noticia:

Escucha esta noticia

Cargando audio...

Resolucion 4182

 
Modifica la resolución 2320 de 2011.
El Ministerio publicará cada mes dentro de los primeros diez (10) días, el listado de IPS que registraron sus cuentas y están habilitadas para el giro directo.
Sobre el listado anterior las EPS y a más tardar el día 15 hábil de cada mes, le informaran al Ministerio el valor a girar el mes siguiente a cada una de esas IPS que tengan en su red (excepto septiembre que se hará hasta el día 26).
La Resolución define las siete reglas para el giro directo a los prestadores.
CONSULTORSALUD lo invita a descargar el Documento en el siguiente Link.
 

 
Resolución 4182 de 2011 – Reporte de EPS para el giro directo a IPS
 

 

Compartir noticia:

Temas relacionados

suscríbete-consultorsalud-2023 (opt)

Recibe actualizaciones del sector salud directamente en tu correo electrónico.

RELACIONADAS

Otras noticias para ti

¡Gracias por suscribirte!

Desde ya haces parte de la familia de CONSULTORSALUD,  por favor revisa tu bandeja de correo electrónico, te hemos enviado un mensaje de bienvenida.
Preinscríbete y recibe información ampliada
XXI Congreso Nacional de Salud

¡Gracias por Registrarte!

Hemos recibido tus datos, por favor revisa tu correo electrónico, donde te enviaremos información ampliada sobre el evento.