El Ministerio de Salud de Perú expidió el Decreto Supremo N.° 016-2026-SA el 19 de octubre de 2026, con el objetivo de modificar puntos clave del Reglamento de la Ley N° 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, aprobado previamente por el Decreto Supremo N° 014-2005-SA. Esta medida busca optimizar la detección y diagnóstico de la muerte encefálica e incrementar la tasa de donaciones y trasplantes en el país, de acuerdo con el texto oficial difundido por el Estado peruano.
Modificaciones introducidas por el Decreto Supremo 016-2026-SA
El nuevo Decreto Supremo 016-2026-SA introduce cambios en los artículos 2, 4, 5, 7, 8, 9 y el Anexo N° 1 del reglamento vigente. El objetivo central es mejorar la precisión y oportunidad en el diagnóstico de la muerte encefálica, condición médica indispensable para viabilizar la donación de órganos y tejidos.
De acuerdo con el Ministerio de Salud de Perú, la optimización de estos procedimientos permitirá agilizar la intervención de los equipos de salud y facilitará la identificación de potenciales donantes en los establecimientos hospitalarios que cumplan los requisitos legales y el nuevo protocolo establecido.
Impacto en la tasa de donación y trasplante
El Decreto Supremo 016-2026-SA subraya la necesidad de incrementar la tasa de donaciones y trasplantes en el Perú. Si bien el texto no aporta cifras concretas sobre el estado actual del sistema, la orientación normativa responde a la preocupación institucional por el bajo número de donantes identificados, situación que coincide con escenarios previos reportados por entidades sanitarias latinoamericanas.
La modificación normativa establece como finalidad reforzar el marco legal para que más pacientes con diagnóstico confirmado de muerte encefálica puedan ser considerados donantes, siempre dentro de los lineamientos éticos y legales del país.
Optimización del diagnóstico de muerte encefálica
La muerte encefálica es el criterio médico-legislativo aceptado internacionalmente para definir el fallecimiento irreversible de un paciente, a partir del cese permanente de toda función cerebral. El Decreto Supremo 016-2026-SA enfatiza la oportunidad y precisión de este diagnóstico, lo que representa un proceso crítico para la donación de órganos y tejidos humanos.
La norma modifica y actualiza los artículos y anexos específicos relacionados con los procedimientos, los profesionales autorizados y el protocolo a seguir para realizar el diagnóstico. La precisión en estos pasos busca dar mayor confianza a la opinión pública y garantizar la protección de los derechos tanto de potenciales donantes como del personal médico involucrado.
¿Qué artículos y anexos se modifican en el reglamento?
El Decreto Supremo 016-2026-SA modifica los siguientes apartados del Reglamento de la Ley General de Donación y Trasplante de Órganos:
Artículo 2
Artículo 4
Artículo 5
Artículo 7
Artículo 8
Artículo 9
Anexo N° 1
Estos componentes abarcan definiciones, procedimientos, exigencias para la certificación médica de muerte encefálica y requisitos técnicos relacionados.
¿Qué busca el Decreto Supremo 016-2026-SA en la donación de órganos en Perú?
El Decreto busca, en esencia, fortalecer la organización, transparencia y eficacia de los procedimientos de detección de muerte encefálica, para maximizar las posibilidades de donación y trasplante en Perú. Se espera que la optimización de estos procesos contribuya a la reducción de la lista de espera de pacientes que requieren un trasplante y permita dar respuesta a la demanda creciente en el país.
Además, al actualizar el marco regulatorio nacional, el Ministerio de Salud de Perú se alinea con estándares y recomendaciones internacionales para la evaluación y manejo de donantes, garantizando la seguridad clínica y legal en cada proceso.
¿Cómo se implementará este nuevo reglamento y cómo monitorear su impacto?
La entrada en vigor del Decreto Supremo 016-2026-SA dependerá de la publicación y aplicación efectiva de los cambios en los hospitales y centros de salud peruanos que atienden casos susceptibles de ser considerados para donación. El impacto concreto en las tasas de donación y trasplante se podrá evaluar en la medida en que los equipos de salud reciban formación y actualizaciones para el adecuado cumplimiento del protocolo modificado.
El Ministerio de Salud de Perú será responsable de supervisar la implementación y comunicar los resultados alcanzados, en línea con las obligaciones establecidas en el texto normativo.
Consulte y descargue el decreto aquí: