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Antievasión – subtipos de cotizantes y nuevas fechas de pago – Resolución 5306 de 2018

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El Ministerio de Salud, con el propósito de controlar la evasión de cotizaciones al Sistema de Salud, estableció las validaciones para el uso del tipo de cotizante:

  • Dependiente pensionado por vejez
  • Jubilación o invalidez activo
  • Independiente pensionado por vejez
  • Jubilación o invalidez activo
  • Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad
  • Cotizante con requisitos cumplidos para pensión. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos
  • Cotizante pensionado con mesada igual o superior a 25 SMLMV

Las administradoras, los pagadores de pensiones y operadores de información deben adelantar la sensibilización y divulgación de estas validaciones entre sus afiliados y aportantes tendientes al correcto uso de los subtipos de cotizantes.

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Mediante la Resolución 5306 de 2018 el Ministerio de Salud modifica el artículo 3 de la Resolución 3559, y adhiere lo siguiente:

  1. El numeral 4 del artículo 1 que debe ser implementado por los operadores de información a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.
  2. Los aspectos relacionados con el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y caja de compensación familiar, mes vencido, de los tipos de cotizante: “3 – Independiente”, “4 – Madre sustituta”, “16 – Independiente agremiado o asociado”, “23 – Estudiantes aporte solo riesgos laborales”, “33 – Beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensiona/”, “34 – Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá amparado por póliza de salud”, “35 – Concejal municipal o distrital no amparado con póliza de salud”, “36 – Concejal municipal o distrital o edil de Junta Administradora Local no amparado con póliza de salud beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensiona'”, “42 – Cotizante independiente pago solo salud”, “43 -Cotizante a pensiones con pago por tercero”, “52 Beneficiario del mecanismo de protección al cesante”, “53 – Afiliado participe”, “56 – Prepensionado con aporte voluntario en salud”, “59 – Independiente con contrato de prestación de servicios superior a 1 mes” y “60 – Edil Junta Administradora Local no beneficiario del Fondo de Solidaridad Pensional”, deberán estar implementados a más tardar el día 1 0 de octubre de 2018; así como también la proporcionalidad en el pago de los apones cuando se reportan novedades de ingreso o retiro para el tipo de cotizante: “59 – Independiente con contrato de prestación de servicios superiora 1 mes’.
  1. El numeral 27 del artículo 1 debe ser implementado a más tardar el 1 de septiembre de 2018.
  1. Las validaciones para el uso de los Subtipos de cotizantes “1. Dependiente pensionado por vejez, jubilación o invalidez activo”, “2. Independiente pensionado por vejez, jubilación o invalidez activo”, “5. Cotizante a quien se le ha reconocido indemnización sustitutiva o devolución de saldos” y “9. Cotizante pensionado con mesada igual o superior a 25 SMLMV”, aplicarán para los pagos que se realice a partir del 1 0 de diciembre de 2018 y que correspondan al “período de pago para los sistemas diferentes al de salud” del mes noviembre de 2018 en adelante.
  2. Las validaciones para el uso del tipo de cotizante “56- Prepensionado con aporte voluntario en salud” y del Subtipo de cotizante ‘3 Cotizante no obligado a cotización a pensiones por edad” aplicarán para los pagos que se realicen a partir del 1 0 de abril de 2019 y que correspondan al “periodo de pago para los sistemas diferentes al de salud” del mes marzo de 2019 en adelante.
  3. Las validaciones para el uso del Subtipo de cotizante “4. Cotizante con requisitos cumplidos para pensión”, aplicarán para los pagos que se realice a partir del 10 de julio de 2019 y que correspondan al ‘Período de pago para los sistemas diferentes al de salud” del mes junio de 2019 en adelante.

Las entidades administradoras y pagadoras de pensiones deberán enviar mensualmente la información en los términos previstos en los numeral 7 y 8 de la Resolución 3559 de 2018.

Los operadores de información y administradoras de pensiones deberán informar a los aportantes e independientes para la correcta utilización del uso del tipo de cotizante ‘Pensionado con aporte voluntario en salud’ y de los subtipos de cotizantes, así como las fechas correspondientes, establecidas en esta nueva Resolución 5306 de 2018 que rige a partir del 28 de noviembre de 2018.

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Descargue la Resolución 5306 DE 2018 completa a continuación:

Documentos adjuntos

Este artículo tiene documentos adjuntos que podrá descargar para ampliar su información:
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