Afiliación y traslados en el SGSSS

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En la carta circular 01 de 2011, la Supersalud aclara que la competencia para conocer del incumplimiento de los empleadores y las
personas obligadas a cotizar, de acuerdo con el artículo 123 de la ley 1438 de 2011, es la Unidad Administrativa de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP.

La carta circular 01 de 2011 de la supersalud ratifica igualmente que las quejas, derechos de petición, respuesta a solicitud de explicaciones, recursos en vía gubernativa (reposición y apelación), solicitudes de revocatoria directa, solicitud de copias, y en general, el tramite sobre los deberes de los empleadores y personas obligadas a cotizar en el Sistema General de Seguridad Social en Salud sobre: afiliación, pago de aportes, y manejo de novedades, deben dirigirse a la UGPP, ubicada en la carrera 19A No. 78 -80 piso 8, de la ciudad de Bogotá.

 Carta Circular 01 SNS 2011 – Competencia investigar incumplimiento cotizaciones.

 

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