El Ministerio de Salud acaba de presentar el proyecto de resolución que fija el precio de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) 2023, tanto para el régimen contributivo como para el régimen subsidiado.
Crecimiento de la UPC en ambos regímenes para el año próximo:
Para el año próximo, la UPC del régimen contributivo aumentaría un 16.22% y la del régimen subsidiado un 12.22%. Resulta fundamental para esta epoca del año contrastar este potencial incremento de las primas, con dos fenómenos: el primero es el crecimiento del Plan de beneficios en Salud (que ya vamos a comentar en otro artículo), y lógicamente el resultado final de la inflación que para este momento cabalga sobre el 12,22 en su variación interanual.
Para el momento en que hacemos este análisis en CONSULTORSALUD, el incremento sugerido para la UPC del régimen subsidiado es exactamente igual a la inflación (12,22), lo que explicaría simplemente una compensaciÓn de mengua en la capacidad de compra, pero ningún crecimiento efectivo para el 2023; Si el Plan de Beneficios en Salud tuviera algun crecimiento, este no tendría efectivamente ninguna representación en el ajuste económico real.
Adicionalmente, llama la atención que el proyecto de resolución elimina de su articulado las referencias indispensables a la progresividad en la implementación y el porcentaje mínimo de asignación de la UPC para con la RIA de promoción y mantenimiento de la salud y materno perinatal definida en el artículo 4 de la Resolución 3280 de 2018 (tiene esto algún tipo de mensaje para los actores?)
UPC 2023 para el régimen contributivo crecería un 16.22%
Según el proyecto de resolución, el valor anual asignado para la UPC 2023 del régimen contributivo y subsidiado sería de 1.289.246,40 y un valor diario de $3.581,24. La estructura de costos para los grupos etarios quedaría de la siguiente manera:
Grupo etario | Estructura de costos | Valor año |
---|---|---|
Menores de Un Año | 2,9966 | 3.863.354,40 |
1-4 Años | 0,8618 | 1.111.071,60 |
5-14 Años | 0,3475 | 448.012,80 |
15-18 Años Hombres | 0,3354 | 432.414,00 |
15-18 Años Mujeres | 0,5262 | 678.402,00 |
19-44 Años Hombres | 0,5785 | 745.830,00 |
19-44 Años Mujeres | 1,0683 | 1.377.302,40 |
45-49 Años | 1,0902 | 1.405.537,20 |
50-54 Años | 1,3796 | 1.778.644,80 |
55-59 Años | 1,6332 | 2.105.596,80 |
60-64 Años | 2,0971 | 2.703.679,20 |
65-69 Años | 2,5977 | 3.349.076,40 |
70-74 Años | 3,1411 | 4.049.650,80 |
75 años y mayores | 3,9188 | 5.052.297,60 |
Reajuste de la UPC para ciudades
Dentro de la UPC para el régimen contributivo (UPC-C), se propone una adición del 9,86% (prima) para las ciudades de Armenia Barrancabermeja, Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, Bello, Bogotá Distrito Capital, Bucaramanga, Buenaventura, Cartagena de Indias, Cartago, Cúcuta, Dosquebradas, Floridablanca, Guadalajara de Buga, lbagué, ltagüí, Manizales, Medellín, Montería, Neiva, Palmira, Pasto, Pereira, Popayán, Riohacha, Santa Marta, Santiago de Cali, Sincelejo, Soacha, Soledad, Tuluá, Valledupar y Villavicencio.
Para las ciudades de este grupo, el valor anual de la UPC 2023 sería de $1.416.366,00 y el valor diario de $3.934,35. La estructura de costos sería la siguiente:
Grupo etario | Estructura de costos | Valor año |
---|---|---|
Menores de Un Año | 2,9966 | 4.244.281,20 |
1-4 Años | 0,8618 | 1.220.623,20 |
5-14 Años | 0,3475 | 492.188,40 |
15-18 Años Hombres | 0,3354 | 475.048,80 |
15-18 Años Mujeres | 0,5262 | 745.290,00 |
19-44 Años Hombres | 0,5785 | 819.367,20 |
19-44 Años Mujeres | 1,0683 | 1.513.105,20 |
45-49 Años | 1,0902 | 1.544.122,80 |
50-54 Años | 1,3796 | 1.954.018,80 |
55-59 Años | 1,6332 | 2.313.208,80 |
60-64 Años | 2,0971 | 2.970.262,80 |
65-69 Años | 2,5977 | 3.679.293,60 |
70-74 Años | 3,1411 | 4.448.948,40 |
75 años y mayores | 3,9188 | 5.550.454,80 |
UPC del régimen contributivo por zona alejada
Para la cobertura del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se incluye una prima adicional por zona alejada del continente del 37,9%. De tal manera que el valor anual de la UPC 2023 queda en $1.777.870,80 y el valor diario en $4.938,53. La estructura de costos para esta zona geográfica quedaría así:
Grupo etario | Estructura de costos | Valor año |
---|---|---|
Menores de Un Año | 2,9966 | 5.327.568,00 |
1-4 Años | 0,8618 | 1.532.170,80 |
5-14 Años | 0,3475 | 617.810,40 |
15-18 Años Hombres | 0,3354 | 596.296,80 |
15-18 Años Mujeres | 0,5262 | 935.514,00 |
19-44 Años Hombres | 0,5785 | 1.028.498,40 |
19-44 Años Mujeres | 1,0683 | 1.899.298,80 |
45-49 Años | 1,0902 | 1.938.236,40 |
50-54 Años | 1,3796 | 2.452.752,00 |
55-59 Años | 1,6332 | 2.903.619,60 |
60-64 Años | 2,0971 | 3.728.372,40 |
65-69 Años | 2,5977 | 4.618.375,20 |
70-74 Años | 3,1411 | 5.584.471,20 |
75 años y mayores | 3,9188 | 6.967.119,60 |
UPC por zona especial de dispersión geográfica
La UPC-C 2023 también contempla una prima adicional para zona especial por dispersión geográfica del 10% en los municipios y áreas no municipalizadas. De acuerdo con este criterio, el valor anual quedaría en $1.418.169,60 y el valor diario en $3.939,36.
Grupo etario | Estructura de costos | Valor año |
---|---|---|
Menores de Un Año | 2,9966 | 4.249.688,40 |
1-4 Años | 0,8618 | 1.222.178,40 |
5-14 Años | 0,3475 | 492.814,80 |
15-18 Años Hombres | 0,3354 | 475.653,60 |
15-18 Años Mujeres | 0,5262 | 746.240,40 |
19-44 Años Hombres | 0,5785 | 820.411,20 |
19-44 Años Mujeres | 1,0683 | 1.515.031,20 |
45-49 Años | 1,0902 | 1.546.088,40 |
50-54 Años | 1,3796 | 1.956.506,40 |
55-59 Años | 1,6332 | 2.316.153,60 |
60-64 Años | 2,0971 | 2.974.042,80 |
65-69 Años | 2,5977 | 3.683.980,80 |
70-74 Años | 3,1411 | 4.454.611,20 |
75 años y mayores | 3,9188 | 5.557.521,60 |
Prima por concentracion de riesgo en varias EPS por primera vez
Cabe tener en cuenta que, la prima correspondiente al ponderador de concentración de riesgo etario será adicional a la prevista. Se asignará a la Nueva EPS un 4% extra (valor anual de $1.340.816,40 y valor diario de ($3.724,49), mientras que para Sanitas, Sura, Comfenalco Valle, Coosalud y Mutualser en 2% (valor anual $1.315.029,60 y valor diario de $3.652,86).
La definición de la presente prima se da como resultado relativo de la concentración de riesgo para los grupos etarios mayores de cincuenta (50) años en las EPS, teniendo en cuenta la información de la BDUA con corte a septiembre 2022 y calculando la edad a 31 de diciembre del año de análisis.
Por otra parte, el reconocimiento de licencias de maternidad y paternidad se pagarán con cargo a los recursos que gestiona la ADRES. Se incluirá en este valor lo correspondiente a los aportes de los trabajadores independientes que debe asumir la EPS. Para el reconocimiento y pago de enfermedad de origen común, se ha fijado el 0,39% del Ingreso Base de Cotización, incluido el pago de las incapacidades superiores a los quinientos cuarenta (540) días continuos, a los afiliados cotizantes con derecho de las EPS.
UPC 2023 para el régimen subsidiado subiriía un 12.22%, ¿será suficiente?
De acuerdo con el proyecto de resolución, el valor anual de la UPC 2023 para el régimen subsidiado quedaría en $1.082.707,20 y un valor diario de $3.007,52. La estructura de costos sería así:
Grupo etario | Estructura de costos | Valor año |
---|---|---|
Menores de Un Año | 2,7654 | 2.994.120,00 |
1-4 Años | 0,8179 | 885.546,00 |
5-14 Años | 0,3267 | 353.721,60 |
15-18 Años Hombres | 0,3847 | 416.516,40 |
15-18 Años Mujeres | 0,6381 | 690.876,00 |
19-44 Años Hombres | 0,6415 | 694.555,20 |
19-44 Años Mujeres | 1,0154 | 1.099.382,40 |
45-49 Años | 1,0376 | 1.123.416,00 |
50-54 Años | 1,2973 | 1.404.597,60 |
55-59 Años | 1,5738 | 1.703.962,80 |
60-64 Años | 1,9465 | 2.107.490,40 |
65-69 Años | 2,4125 | 2.612.030,40 |
70-74 Años | 2,9424 | 3.185.758,80 |
75 años y mayores | 3,6575 | 3.960.000,00 |
UPC del régimen subsidiado para zonas especiales por dispersión geográfica
Se reconocerá y pagará a las zonas especiales por dispersión geográfica del 11,47% en los municipios y áreas no municipalizadas, dando como resultado un valor anual de $1.206.892,80, equivalente a un valor diario de $3.352,48 por concepto de UPC 2023.
Grupo etario | Estructura de costos | Valor año |
---|---|---|
Menores de Un Año | 2,7654 | 3.337.542,00 |
1-4 Años | 0,8179 | 987.116,40 |
5-14 Años | 0,3267 | 394.293,60 |
15-18 Años Hombres | 0,3847 | 464.292,00 |
15-18 Años Mujeres | 0,6381 | 770.119,20 |
19-44 Años Hombres | 0,6415 | 774.223,20 |
19-44 Años Mujeres | 1,0154 | 1.225.479,60 |
45-49 Años | 1,0376 | 1.252.270,80 |
50-54 Años | 1,2973 | 1.565.701,20 |
55-59 Años | 1,5738 | 1.899.406,80 |
60-64 Años | 1,9465 | 2.349.216,00 |
65-69 Años | 2,4125 | 2.911.629,60 |
70-74 Años | 2,9424 | 3.551.162,40 |
75 años y mayores | 3,6575 | 4.414.212,00 |
UPC-S para ciudades
Se reconcerá y pagará una prima adicional del 15% a la Unidad de Pago por Capitación del Régimen Subsidiado (UPC-S) a las siguientes ciudades: Armenia, Barrancabermeja, Barranquilla, Bello, Bogotá D.C., Bucaramanga, Buenaventura, Cartagena de Indias, Distrito Turístico y Cultural, Cartago, Cúcuta, Dosquebradas, Floridablanca, Guadalajara de Buga, lbagué, ltagüí, Manizales, Medellín, Montería, Neiva, Palmira, Pasto, Pereira, Popayán, Riohacha, Santa Marta, Santiago de Cali, Sincelejo, Soacha, Soledad, Tuluá, Valledupar y Villavicencio.
El valor anual para la UPC 2023 del régimen subsidiado quedaría en $1.245.114,00 y el valor diario en $3.458,65. A continuación presentamos la estructura de costos propuesta para este criterio:
Grupo etario | Estructura de costos | Valor año |
---|---|---|
Menores de Un Año | 2,7654 | 3.443.238,00 |
1-4 Años | 0,8179 | 1.018.378,80 |
5-14 Años | 0,3267 | 406.778,40 |
15-18 Años Hombres | 0,3847 | 478.994,40 |
15-18 Años Mujeres | 0,6381 | 794.505,60 |
19-44 Años Hombres | 0,6415 | 798.739,20 |
19-44 Años Mujeres | 1,0154 | 1.264.287,60 |
45-49 Años | 1,0376 | 1.291.932,00 |
50-54 Años | 1,2973 | 1.615.287,60 |
55-59 Años | 1,5738 | 1.959.559,20 |
60-64 Años | 1,9465 | 2.423.613,60 |
65-69 Años | 2,4125 | 3.003.836,40 |
70-74 Años | 2,9424 | 3.663.622,80 |
75 años y mayores | 3,6575 | 4.554.003,60 |
UPC del régimen subsidiado asignada para EPSI
De acuerdo con el documento, se reconocerá y pagará un incremento del 4,81% al valor fijado a la Unidad de Pago por Capitación, a las Entidades Promotoras de Salud Indígenas – EPSI, quedando como valor anual $1.134.784,80 y el valor diario de $3.152,18. La estructura de costos planeada es:
Grupo etario | Estructura de costos | Valor año |
---|---|---|
Menores de Un Año | 2,7654 | 3.138.134,40 |
1-4 Años | 0,8179 | 928.141,20 |
5-14 Años | 0,3267 | 370.735,20 |
15-18 Años Hombres | 0,3847 | 436.550,40 |
15-18 Años Mujeres | 0,6381 | 724.107,60 |
19-44 Años Hombres | 0,6415 | 727.963,20 |
19-44 Años Mujeres | 1,0154 | 1.152.259,20 |
45-49 Años | 1,0376 | 1.177.452,00 |
50-54 Años | 1,2973 | 1.472.155,20 |
55-59 Años | 1,5738 | 1.785.924,00 |
60-64 Años | 1,9465 | 2.208.859,20 |
65-69 Años | 2,4125 | 2.737.666,80 |
70-74 Años | 2,9424 | 3.338.989,20 |
75 años y mayores | 3,6575 | 4.150.476,00 |
Las direcciones territoriales de salud, las Entidades Promotoras de Salud -EPS, los prestadores de servicios de salud, las Cajas de Compensación Familiar- CCF, las Administradoras de Riesgos Laborales – ARL y los demás actores y agentes del Sistema, deberán proveer la información solicitada por parte de la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud con calidad, oportunidad, de forma confiable y en la estructura que se establezca, atendiendo el nivel de detalle que se requiera, en los instructivos, formatos y conforme con la metodología prevista para el efecto.
Comentarios y observaciones al proyecto de UPC 2023
Los comentarios y observaciones se recibiran desde Viernes 2 de diciembre de 2022, 8:00 am hasta Lunes 12 de diciembre de 2022, 8:00 am al correo electrónico [email protected] o al teléfono 3305000 ext.1921
Descargue el proyecto de resolución que define la UPC 2023 en el documento adjunto: