La reciente Resolución 2025320030006237-6 de la Superintendencia Nacional de Salud nos sorprende, y marca un gran cambio en la supervisión de Nueva EPS. Más allá de su amplio alcance, la decisión de suspender temporalmente el mecanismo de giro directo desde la ADRES constituye el eje central de la medida y la acción con las implicaciones más inmediatas y profundas para el ecosistema financiero del sector salud. Al final les dejo unas preguntas que deberían ser pronto atendidas.
Esta orden, que supedita la reactivación del flujo de recursos a la certificación previa de un “contralor designado”, no puede analizarse de forma aislada. Se fundamenta directamente en un hallazgo crítico del ente de control: un rezago en el procesamiento de cuentas médicas que asciende a $11.56 billones de pesos. Esta cifra no solo refleja una gravísima contingencia administrativa, sino que, desde la perspectiva del regulador, representa una falta de trazabilidad y certeza que eleva el riesgo en la destinación de los recursos públicos.
La intervención se materializa, por tanto, en un cambio fundamental sobre el control del flujo financiero:
- El Contralor como validador de pagos: La resolución modifica la operación estándar al interponer una figura de validación externa y presencial. El contralor designado debe ahora emitir un concepto técnico sobre la viabilidad de cada giro, evaluando criterios de legalidad, oportunidad y destinación. En la práctica, ninguna postulación de pago a la red de prestadores y proveedores (IPS) podrá ser tramitada por ADRES sin esta aprobación explícita.
- Control sobre todas las modalidades de pago: La supervisión abarca no solo el pago por evento, sino también las modalidades de capitación y paquetes de monto fijo. Para estos últimos, la EPS deberá aportar al contralor los expedientes contractuales y las evaluaciones de cumplimiento de metas (Acuerdos de Nivel de Servicio) antes de autorizar el pago, un nivel de fiscalización previo y detallado.
Resulta particularmente notable que estas medidas se implementen sobre una entidad que ya se encuentra bajo un régimen de intervención forzosa administrativa para administrar desde abril de 2024. Este hecho configura un doble nivel de intervención que es inédito en la historia de la inspección, vigilancia y control del sistema y que suscita un análisis profundo.
Desde una perspectiva, esta acción podría interpretarse como una señal de que las estrategias desplegadas por el agente interventor designado no han logrado la estabilización esperada. La persistencia e incluso el agravamiento de indicadores financieros críticos, como el rezago de cuentas y el aumento de anticipos no legalizados más de un año después de iniciada la gestión, fundamentan esta lectura.
Desde otro ángulo, sin embargo, la medida podría ser vista como un reforzamiento a la gestión del interventor, dotándolo de herramientas de control más coercitivas que su propio cargo no le confería, como la capacidad de condicionar los flujos de la ADRES. En este escenario, el regulador no estaría desautorizando al interventor, sino equipándolo para enfrentar resistencias o inercias estructurales que exceden su mandato original. Independientemente de la interpretación, este hecho confirma que, a juicio de la Superintendencia, la complejidad de la situación en Nueva EPS desbordó las capacidades del modelo de intervención inicial, obligando a escalar a un nivel de control operativo y financiero sin precedentes en el sector.
Análisis de impacto sobre el ecosistema financiero de la red de prestadores
Si bien el objetivo de la medida es proteger la correcta aplicación de los recursos del SGSSS, su implementación introduce variables que impactarán directamente a una red de prestadores que ya opera en un ecosistema financiero frágil.
- Incertidumbre en el flujo de caja: Para las IPS, la predictibilidad de los pagos es un factor crítico para su sostenibilidad. La introducción de un nuevo actor y un proceso de validación adicional, cuya eficiencia operativa está por demostrarse, genera una incertidumbre a corto plazo. Los tiempos del ciclo de pago podrían verse alterados, al menos inicialmente, mientras se estabiliza la nueva dinámica entre la EPS, el Contralor y la ADRES.
- Posible ralentización de pagos corrientes: El volumen de transacciones que maneja Nueva EPS es considerable. La capacidad del equipo del Contralor para auditar y certificar estos pagos de manera ágil será determinante. Cualquier cuello de botella en este nuevo proceso de control podría traducirse en una ralentización de los pagos a la red, afectando la operación corriente de hospitales, clínicas y proveedores.
- Reconfiguración de las relaciones contractuales: La supervisión estricta sobre la ejecución contractual y los Acuerdos de Nivel de Servicio como prerrequisito para el pago podría fortalecer la posición de la aseguradora en la exigencia de resultados. A largo plazo, esto podría incentivar una mayor eficiencia, pero en el corto plazo, puede generar tensiones en la relación con prestadores que ya enfrentan dificultades operativas.
En definitiva, la Superintendencia ha optado por una intervención directa sobre el flujo de caja, condicionándolo a un control administrativo riguroso como respuesta a los riesgos identificados. El éxito de esta medida dependerá de una implementación ágil que no sacrifique la oportunidad del pago. Para la red de prestadores, esta resolución representa un nuevo desafío: navegar en un entorno donde el pago de sus servicios ya no depende únicamente de su relación con la EPS, sino de la validación de un tercero que responde directamente al ente de control.
Se me ocurren rápidamente las siguientes preguntas (que no son ociosas):
Si la existencia de un contrato y una factura radicada ya no son suficientes para autorizar un giro directo, ¿cuál es el nuevo estándar de validación que aplicará el Contralor? ¿Se enfocará únicamente en la verificación administrativa (que la factura esté bien soportada) o incluirá juicios de valor sobre la pertinencia del gasto, la efectividad de los resultados en salud, o la priorización estratégica, redefiniendo en la práctica el concepto de “cuenta por pagar” en el sistema?
Al instruir al Contralor a aplicar estrictamente la prelación legal de pagos, ¿no se corre el riesgo de desfinanciar o afectar desproporcionadamente a la red de prestadores privados de alta complejidad, que son esenciales para la atención de patologías de alto costo pero que podrían no estar al inicio de la cadena de prelación? ¿Cómo se balanceará la obligación legal con la necesidad de mantener la integridad y suficiencia de toda la red de servicios?
El masivo aumento de anticipos sin legalizar ¿es principalmente una falla de control y seguimiento de Nueva EPS y de cumplimiento de las IPS, o es más bien un síntoma de un colapso en el flujo regular de pagos, donde el anticipo se ha convertido en una herramienta informal de financiamiento para sostener la operación de la red ante el rezago de $11.56 billones en la facturación corriente?
La creación de esta estructura de doble supervisión, ¿qué revela sobre la efectividad del modelo de intervención forzosa administrativa como herramienta para resolver crisis estructurales en aseguradoras de gran tamaño? ¿Indica una debilidad en las facultades o en la gestión del Agente Interventor, o sugiere que las intervenciones futuras en entidades complejas requerirán, desde el inicio, de estos mecanismos de control financiero directo para ser viables?
Considerando el colapso informativo que representa el rezago de $11.56 billones en cuentas, ¿cómo podrá el Contralor ejercer un criterio de validación efectivo y oportuno sin antes resolver este déficit de datos? ¿Existe un plan de choque tecnológico y de procesos para depurar este rezago, o la medida de control corre el riesgo de operar sobre información incompleta, generando un nuevo cuello de botella y manteniendo la incertidumbre en la red de prestadores?
Disculparán que esta vez tenga más preguntas que respuestas, pero así comenzamos agosto.
Si quiere descargar la resolución, hemos elaborado un artículo en nuestro portal donde podrás descargarla: https://consultorsalud.com/suspendido-el-giro-directo-en-la-nueva-eps/
Me gustaría revisar tus opiniones y conversar sobre ellas.