Se inhabilitan eventos que causen aglomeración de personas

Después del primer día sin IVA el Ministerio de Salud emitió una resolución con la que inhabilitó los eventos que causen aglomeración de personas
Se inhabilitan eventos que causen aglomeración de personas

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Posterior a la celebración del día sin IVA, y a raíz de las diferentes aglomeraciones de personas que se vivieron en distintos almacenes y centros comerciales del país, el Ministerio de Salud emitió la resolución 1003 del 2020 por la cual se inhabilitan eventos que causen aglomeración de personas, sin discriminar si estos eventos son de carácter público o privado.

Por tanto, la norma se establece que: “no se podrán habilitar eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas durante el término de la emergencia sanitaria”

Recordemos, que según el Ministerio de salud una aglomeración es cualquier evento o actividad de personas en espacios abiertos o cerrados en los que no se pueda guardar el distanciamiento físico de dos metros como mínimo de persona a persona.

También se considera que existe aglomeración cuando la disposición del espacio y distribución de los muebles en su interior impide el distanciamiento.

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Sanciones

Los responsables de los establecimientos cuya actividad haya sido habilitada y en los que se pueda generar aglomeración deberán controlar estrictamente la entrada y salida de las personas, ya que el incumplimiento de esta medida sanitaria podrá dar lugar a la suspensión de actividades del establecimiento.

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