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Reajustan precios de medicamentos bajo régimen de control directo – Circular 19 de 2024

Reajustan precios de medicamentos bajo régimen de control directo - Circular 19 de 2024
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El 30 de mayo se expidió la Circular 19 de 2024, documento que actualiza los precios máximos de medicamentos sujetos al régimen de control directo en el país. Además deroga a la Circular 13 de 2022, utilizada como referencia en este ámbito, sobre la que se hicieron solicitudes de revisión para el cálculo de los mercados relevantes.

El Ministerio de Salud, previo a los cambios en los precios de los medicamentos, oficializó el proceso en la Circular 18 de 2024. En el artículo 20 se estipula que los precios máximos de venta se definen por mercado relevante y aplican para todos los medicamentos que los componen. En el artículo 23, se establece la actualización del precio máximo de venta para los mercados relevantes sobre los que aplique el control directo de precio. Para ello aplicará la tasa de cambio diaria nominal de la moneda de los países de referencia expresada en pesos colombianos (COP) publicada por el Banco de la República.

Lo anterior significa que, para los medicamentos que ya hacen parte del régimen de control directo de precios, actualizados por última vez en la Circular 13 de 2022, también aplicarán las modificaciones de precios. Para el periodo de referencia -1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2023-. la tasa de cambio es del 8,07%.

¿Cuántos medicamentos cubre la Circular 19 de 2024?

En la Circular 19 de 2024, el Ministerio de Salud presenta una lista de 647 medicamentos bajo régimen de control directo. Cabe anotar que, en algunos casos, se utiliza el mismo principio activo. No obstante, como se explica en el documento, si la forma farmacéutica de un mercado relevante se describe como “sólido — oral” y no existe otro mercado relevante con el mismo principio activo y una forma farmacéutica de “sólido — oral de liberación modificada”, se entenderá que el precio para el mercado relevante con forma farmacéutica “sólido — oral” se aplicará a todas las presentaciones de esta forma farmacéutica, independientemente de si modifican o no la liberación del fármaco.

Ante la situación de desabastecimiento de fármacos que hacen parte de los mercados relevantes de “Inmunoglobulina Humana Normal (admin. extravascular) – Líquido/Sólido – Inyectable”, “Inmunoglobulina Humana Normal (admin. extravascular) con Hialuronidasa – Líquido/Sólido – Inyectable”, “Inmunoglobulina Humana Normal (admin. intravascular) (con proporción de IgG mayor al 95%) – Líquido/Sólido – Inyectable”, “Asparaginasa – Líquido/Sólido – Inyectable” y “Ioversol – Líquido/Sólido – Inyectable”, el Ministerio resolvió actualizar el precio base de los fármacos referidos, quedando así:

Mercado RelevanteUnidad de medidaPrincipio activo –
base del cálculo
Precio máximo de
venta transacción primaria, secundaria y final institucional
Precio máximo de venta transacción
primaria y
secundaria
comercial
Inmunoglobulina
Humana Normal
(admin. extravascular) –
Líquido/Sólido –
Inyectable
mgInmunoglobulina humana$ 277,81No regulado
Inmunoglobulina
Humana Normal
(admin.
extravascular)
con Hialuronidasa
Líquido/Sólido –
Inyectable
mgInmunoglobulina humana$ 311,49No regulado
Inmunoglobulina
Humana Normal
(admin.
intravascular)
(con proporción
de IgG mayor al
95%) –
Líquido/Sólido –
Inyectable
mgInmunoglobulina Humana$ 238,39No regulado
Inmunoglobulina
Humana Normal
(admin.
intravascular)
(IgG, IgM, IgA) –
Líquido/Sólido –
Inyectable
mgInmunoglobulina Humana$ 1.410,02No regulado
Asparaginasa –
Liquido/Sólido –
Inyectable
UIAsparaginasa$ 106,63No regulado
loversol –
Líquido/Sólido –
Inyectable
mgLoversol$ 1,94$ 1,94

“Los precios máximos de venta de los mercados relevantes, y los medicamentos que los conforman, aplican para los medicamentos que tengan registro sanitario o sean importados o fabricados bajo la modalidad de vitales no disponibles”, establece el Ministerio en este proyecto de circular.

En la tabla de precios de los medicamentos bajo régimen directo se muestra el precio segmentado, dependiendo de las condiciones de la transacción. Si se compara con la Circular 13 de 2022, el reajuste de precios aplicará para las transacciones en los dos canales: institucional y comercial, como es el caso del levonorgestrel (utilizado como anticonceptivo de emergencia) y cuyo costo será de $ 17.414,85 en ambos o el bortezomib inyectable, utilizado en tratamientos contra el cáncer y cuyo costó será de $ 740.247,25. En otros casos, la regulación únicamente aplicará sobre las transacciones del canal institucional; por ejemplo, el combo de lamivudina +tenofovir + disoproxil + efavirenz (sólido-oral) tendrá un costo de $ 353,62.

Descargue la Circular 19 de 2024 con la lista de precios de los medicamentos bajo el régimen de control directo:

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