El Ministerio de Salud y Protección Social(Minsalud) presentó en 2025 un proyecto de resolución que establece la metodología para la formulación, actualización y ajuste de los Planes Maestros de Inversiones en Infraestructura y Dotación en Salud (PMIDS). Se trata de una propuesta normativa que busca fortalecer la planeación estratégica de inversiones en hospitales públicos y dotación biomédica, con el fin de garantizar el derecho fundamental a la salud y mejorar la prestación de servicios en todo el país.
El proyecto se soporta en los artículos 48 y 49 de la Constitución Política, que obligan al Estado a organizar los servicios de salud bajo principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Asimismo, se articula con la Ley Estatutaria 1751 de 2015, que establece que “el Estado deberá garantizar la existencia de servicios y tecnologías e instituciones de salud, así como de programas de salud y personal médico y profesional competente”.
La iniciativa responde también al mandato de la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026), que ordena recuperar y modernizar la red pública hospitalaria mediante un plan maestro de inversiones, y modifica el artículo 65 de la Ley 715 de 2001 para que los PMIDS se formulen cada diez años, en sincronía con el Plan Decenal de Salud Pública.
El proyecto se enlaza además con la Ley 1438 de 2011, la Ley 1966 de 2019 y el Decreto 0858 de 2025, que reglamenta el Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo, en el cual las inversiones en infraestructura y dotación hospitalaria son fundamentales para consolidar las Redes Integrales e Integradas Territoriales de Salud (RIITS).
Definición y alcance para planear inversiones en hospitales y dotación en Colombia
El documento define los PMIDS como “instrumentos de planeación estratégica de inversión en proyectos de construcción de obra nueva, ampliación, adecuación, remodelación, reforzamiento sísmico estructural, reposición, modernización, restauración de infraestructura, y adquisición de dotación biomédica, equipamiento fijo, unidades de transporte y tecnologías de información y comunicaciones en las sedes públicas de prestadores de servicios de salud”.
Se contemplan dos niveles de aplicación:
- PMIDS Nacional (PMIDSN): Bajo responsabilidad del Ministerio de Salud, con disposiciones estratégicas para orientar las inversiones a nivel país.
- PMIDS Departamentales y Distritales: A cargo de cada ente territorial, con justificación de necesidades locales, planes de inversión y matrices de priorización.
Principios rectores de la metodología
La propuesta establece que la formulación de los PMIDS debe guiarse por principios de equidad social y territorial, accesibilidad, articulación intersectorial, sostenibilidad ambiental, longitudinalidad de las inversiones y gobernanza.
El objetivo es reducir brechas históricas en infraestructura hospitalaria, garantizar cercanía a los servicios de salud, fomentar participación ciudadana y priorizar proyectos con impacto sostenible y resiliente frente al cambio climático.
Proceso de formulación y ajuste
El proyecto detalla un procedimiento para la formulación del PMIDS Nacional, basado en análisis técnicos, distribución poblacional, vulnerabilidad y proyecciones de crecimiento. El resultado será un Documento Técnico de Soporte (DTS) que oriente la definición de estándares, metas cuantitativas, criterios de priorización y programas estratégicos.
Los PMIDS territoriales deberán diligenciar una matriz de valoración de necesidades, registrar iniciativas en un aplicativo web del Ministerio y articularse con otros planes como el Plan Decenal de Salud Pública, los Planes Territoriales de Salud (PTS) y los Planes de Ordenamiento Territorial (POT).
Los ajustes podrán hacerse cada cuatro años, con cada cambio de gobierno o en casos de emergencia sanitaria, desastre o calamidad pública.
Gobernanza, transparencia y seguimiento
Uno de los componentes centrales es la creación del Sistema de Información de Proyectos de Infraestructura y Dotación (SIPID), que permitirá el registro, seguimiento y consulta pública de todas las iniciativas. Este sistema integrará información georreferenciada de prestadores, proyectos de dotación, gestión de activos, procesos de participación comunitaria y reportes de avance físico, financiero y contractual.
La propuesta contempla que el SIPID entre en funcionamiento en un plazo máximo de 12 meses tras la expedición de la resolución.
Indicadores de seguimiento y participación ciudadana
Para evaluar la implementación de los PMIDS, se definen indicadores de logro (equidad, accesibilidad, sostenibilidad), de gestión (viabilización, asignación de recursos, avance de proyectos) y temáticos (proyectos asociados a APS y fortalecimiento de RIITS).
De esta manera, el proyecto busca fortalecer la participación de la sociedad civil, estableciendo que organizaciones comunitarias, asociaciones de usuarios y veedurías tengan acceso a información veraz y oportuna sobre el avance de los proyectos. Asimismo, ordena a departamentos y distritos robustecer los mecanismos de participación y veeduría ciudadana en salud.
Es clave mencionar que el documento establece procedimientos claros para la presentación, evaluación, articulación y aprobación de iniciativas de inversión. También dispone que no podrán recibir recursos proyectos que no estén incluidos en los PMIDS aprobados por el Ministerio de Salud.
Finalmente, se establece un período de transición, donde los Planes Bienales de Inversiones en Salud 2024–2025 seguirán aplicándose hasta que entren en vigencia los nuevos PMIDS.
Descargue aquí el proyecto de resolución completo: