Desde este primero de septiembre los aportantes determinados por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP- que no pudieron cumplir con sus obligaciones, debido a las medidas de aislamiento preventivo decretas por el Gobierno Nacional y que se vieron afectados negativamente en su actividad económica, podrán ponerse al día y pagar sus obligaciones ante el Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales con los beneficios establecidos en el Decreto Legislativo 688 del 22 de mayo de 2020.
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Beneficios a los aportantes
Según Plinio Alejandro Bernal, director de Aseguramiento en Salud “los beneficios de pago a través de la Planilla O, son liquidación del interés moratorio transitorio a una tasa de interés diario equivalente a la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario para las obligaciones determinadas por la UGPP, que se paguen hasta el 30 de noviembre de 2020”.
Asimismo, agregó Bernal, que para los aportantes que se encuentren clasificados en las actividades económicas especialmente afectadas por la emergencia sanitaria que paguen sus obligaciones con el Sistema Integral de Seguridad Social y Parafiscales, “hasta el 30 de noviembre de 2020, tendrán una reducción del 50% del interés de mora liquidado a la tasa de interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario”.