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Modificaciones en el reporte de información financiera ante la Supersalud – Proyecto de Circular

La Superintedencia de Salud presentó el proyecto de decreto que busca hacer modificaciones y adiciones a la Circular 047 de 2007, e imparte instrucciones con respecto a la información financiera que deben presentar las entidades para efectos de supervisión (Lea: Modificaciones al PAMEC y Sistema de Información de Calidad)

De acuerdo a la nueva normatividad para la regulación de los grupos 1,2,3 NIIF del Ministerio de Hacienda y Credito Público, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que se basan en principios respecto del alcance, reconocimiento, medición, presentación y revelación de la información financiera.  

La Superintendencia Nacional de Salud expide el Catálogo de Información Financiera con fines de supervisión dirigido a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y Generadores, vigilados por la Superintendencia Nacional de Salud, para el reporte de la información financiera por parte de las entidades clasificadas en los GRUPOS 1, 2 y 3

El Catálogo de Información Financiera con fines de supervisión tiene como objetivo esquematizar de manera uniforme y lógica los conceptos y agrupaciones relacionadas con las operaciones financieras de las entidades vigiladas.

Este catálogo es obligatorio únicamente para efectos del reporte a la Superintendencia Nacional de Salud, por lo que no obliga a que sea incorporado en su sistema de información para el reconocimiento diario de las operaciones económicas, ni para efectos del sistema documental contable.

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Su ámbito de aplicación es para las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y Generadores, vigilados por la Superintendencia Nacional de Salud y que no se encuentran obligadas a aplicar el Régimen de Contabilidad Pública, clasificadas el grupo 1,2 y 3.

Este documento está en consideración de todos los actores del SGSSS, quienes podrán enviar sus observaciones al correo electrónico  [email protected]​​​, hasta el 18 de septiembre de 2016.

Descargue: Modificaciones en el reporte de información financiera ante la Supersalud – Proyecto de Circular 

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