Con el objetivo de establecer un marco normativo claro, actualizado y alineado con los estándares internacionales, el MinTrabajo de Colombia emitió la Resolución 1843 del 29 de abril de 2025, en la cual se adoptan nuevas disposiciones técnicas para fortalecer las condiciones laborales en el país, priorizando la prevención, la equidad y la protección integral de la salud de los trabajadores.
Esta normativa fue diseñada como parte de una estrategia institucional para asegurar entornos laborales seguros, dignos y saludables, y responde a los desafíos contemporáneos del trabajo dependiente e independiente, en línea con los compromisos internacionales del país en materia de salud ocupacional.
MinTrabajo: Estándares internacionales y medidas diferenciadoras
La resolución incorpora medidas concretas que mejoran los procedimientos de evaluación médica en el contexto laboral. Entre ellas, se destacan:
- Evaluación médica por retorno laboral y evaluación médica ocupacional de seguimiento o control, como mecanismos técnicos esenciales para monitorear la salud del trabajador y garantizar una reincorporación segura y efectiva tras ausencias por motivos médicos.
- Medidas antidiscriminatorias explícitas, entre las que se resalta la prohibición de exigir pruebas de embarazo o VIH como condición para el acceso o permanencia en el empleo. Esta disposición garantiza el respeto a la privacidad y dignidad de las personas trabajadoras, y alinea la normativa nacional con los principios de igualdad y no discriminación.
- Regulación de costos de desplazamiento, alojamiento y alimentación para facilitar el acceso a evaluaciones médicas ocupacionales periódicas, especialmente en los casos en que estas impliquen traslados intermunicipales.
- Prestación de servicios de salud ocupacional con criterios de calidad, integralidad, oportunidad y equidad de género, incorporando la transversalización del enfoque de derechos en todos los procesos.
- Programas obligatorios de pausas activas durante la jornada laboral, orientadas a promover la salud física y mental de los trabajadores, con un enfoque de respeto a la diversidad de creencias, posturas culturales y estilos de vida, y sin generar exclusión o discriminación.
Nuevas responsabilidades para empleadores y protocolos técnicos reforzados
A lo anterior se suman nuevas disposiciones operativas para mejorar la eficacia y trazabilidad del sistema. Entre las más relevantes:
- Cuando un médico ocupacional emite recomendaciones tras una evaluación, el empleador deberá implementarlas en un plazo máximo de 20 días calendario.
- Las empresas deben entregar a las IPS perfiles ocupacionales, matrices de riesgo y estudios técnicos de cada cargo, de modo que las evaluaciones médicas ocupacionales se realicen con pertinencia y contexto.
- El diagnóstico de condiciones de salud de los trabajadores deberá entregarse gratuitamente cada año en diciembre, fortaleciendo la vigilancia epidemiológica y la toma de decisiones preventivas.
- Se establecen lineamientos claros para las evaluaciones posteriores a incapacidades: si la ausencia médica supera los 30 días, se requerirá una evaluación por retorno; si supera los 90 días sin justificación médica, también deberá aplicarse dicho control.
- En cuanto a pruebas de alcohol o sustancias psicoactivas, estas solo podrán realizarse en actividades de alto riesgo y dentro del marco técnico del SG-SST (Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo).
Implicaciones legales, financieras y operativas
La implementación de la Resolución 1843 implica responsabilidades adicionales para los empleadores, quienes deberán asumir los costos asociados a las evaluaciones médicas y sus condiciones logísticas. El incumplimiento de estas disposiciones puede generar multas de hasta 2.455 UVT (aproximadamente 122 millones de pesos). Además, las ARL estarán obligadas a brindar asistencia técnica para que las empresas implementen correctamente los sistemas de vigilancia en salud ocupacional.
Por su parte, los trabajadores están obligados a asistir a las evaluaciones programadas y a cumplir las recomendaciones médicas. El no hacerlo puede dar lugar a consecuencias laborales, incluso disciplinarias.
Un marco normativo para la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad laboral
Con esta resolución, el Ministerio del Trabajo consolida su objetivo de proteger la salud de las y los trabajadores del país mediante el fortalecimiento de las herramientas de prevención y la promoción de entornos laborales saludables. La normativa se proyecta como una respuesta técnica a las necesidades estructurales del mercado laboral colombiano, al tiempo que se convierte en una herramienta concreta para abordar las enfermedades laborales desde un enfoque de salud pública y derechos humanos.
“El principal objetivo del Ministerio del Trabajo siempre será proteger la salud de las trabajadoras y los trabajadores de Colombia. Con esta resolución se está asegurando que se responda a las necesidades del país y se convierta en una herramienta efectiva para la prevención de la enfermedad laboral y la promoción de la salud”, destaca MinTrabajo.