Keralty denunció que Supersalud incumple fallo de la Corte al no devolver la administración de EPS Sanitas

La solicitud radicada por Keralty ante la Corte advierte que la Supersalud no ha restituido la administración de EPS Sanitas a sus accionistas y tampoco ha respondido los requerimientos enviados en julio, lo que configura un posible desacato judicial.
Keralty denunció que Supersalud incumple fallo de la Corte al no devolver la administración de EPS Sanitas

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El apoderado judicial de Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S. Compañía de Medicina Prepagada, Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A., Keralty S.A.S. y Juan Pablo Rueda Sánchez, presentó el pasado 1 de agosto de 2025 ante la Corte Constitucional una solicitud de cumplimiento de la Sentencia SU-277 de 2025, alegando que la Superintendencia Nacional de Salud (SNS) no ha dado cumplimiento a lo ordenado en el fallo vulnerándose los derechos fundamentales amparados en la decisión de la Corte.

La solicitud se fundamenta en la Sentencia SU-277 de 2025, proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional el 26 de junio, en la cual se concluyó que la Superintendencia Nacional de Salud vulneró el derecho fundamental al debido proceso de los accionantes y de la EPS Sanitas al imponer la medida de intervención administrativa.

En su parte resolutiva, la Corte estableció: “Revocar la sentencia del 10 de julio de 2024 proferida por la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, que confirmó el fallo del 30 de mayo de 2024 expedido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial.” Con ello, el Alto Tribunal dejó sin efectos las decisiones judiciales previas y ordenó garantizar de inmediato los derechos vulnerados.

Incumplimiento alegado por los accionantes de Keralty

Los solicitantes señalan que, pese a lo ordenado, la Supersalud y el Agente Especial Interventor no han respondido las comunicaciones enviadas los días 24 y 31 de julio de 2025, en las que se solicitaba el cumplimiento del fallo.

Según los accionantes, esta conducta evidencia una omisión injustificada frente a un mandato judicial expreso, lo que configura un incumplimiento deliberado de la sentencia

Sobre las solicitudes de nulidad y aclaración

Del mismo modo, la solicitud también hace referencia a que la Supersalud y un ciudadano, radicaron recursos de nulidad y aclaración contra la Sentencia SU-277. No obstante, la Corte ha sostenido de manera reiterada que “tanto las solicitudes de aclaración como los incidentes de nulidad no suspenden los efectos de las decisiones proferidas por la Corte Constitucional.”

Además, ratificó que las decisiones “surten efectos desde su ejecutoria y que una eventual solicitud de nulidad no tiene efectos suspensivos”. En consecuencia, la Supersalud estaría obligada a cumplir la sentencia de manera inmediata, sin excusas procedimentales.

Consecuencias jurídicas del incumplimiento y solicitudes presentadas a la Sala Plena

El documento advierte que la negativa de la SNS a acatar el fallo podría tener implicaciones de orden penal y disciplinario, dado que representaría un desacato a una orden judicial en firme. De esta manera, la Corte Constitucional ya ha recordado en autos anteriores, 132 de 2012, 1085 de 2022, 2882 de 2023 y A-553 de 2025, que el cumplimiento de sus decisiones es obligatorio e inmediato.

En el apartado IV del escrito, el apoderado de los accionantes plantea dos peticiones específicas a la Corte Constitucional:

  1. Que la Sala Plena asuma directamente el conocimiento de la solicitud de cumplimiento de la Sentencia SU-277 de 2025, recordando que la propia Corte había reservado expresamente su jurisdicción sobre este caso.
  2. Que se ordene a la Superintendencia Nacional de Salud dar cumplimiento inmediato e integral a la providencia judicial, lo que, en la práctica, significaría la restitución del control y la administración de EPS Sanitas a sus accionistas sin más dilaciones.

Este caso tiene un impacto que trasciende lo jurídico, al involucrar la gobernanza y sostenibilidad de una de las EPS más relevantes del país. La discusión también pone sobre la mesa los alcances de la Superintendencia Nacional de Salud en sus facultades de intervención administrativa y la capacidad de la Corte Constitucional de garantizar el respeto al debido proceso en el sistema.

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