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Habrá cambios clave para reportes del sistema pensional: proyecto de resolución

Habrá cambios clave para reportes del sistema pensional proyecto de resolución
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El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud, dio a conocer el borrador de las modificaciones a Anexos Técnicos 1, 2, 3 y 5 de la Resolución 2388 de 2016 (sistema pensional). El documento estará abierto para comentarios hasta el próximo 9 de diciembre.

El 1 de octubre de 2024, el Ministerio emitió la Resolución 1895 de 2024 con el propósito de mejorar la gestión del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) en relación con la afiliación de trabajadores independientes al Sistema General de Riesgos Laborales. La normativa destaca la necesidad de incorporar nuevas variables, particularmente aquellas relacionadas con los contratantes de trabajadores independientes. En consecuencia, es necesario agregar un nuevo tipo de aportante denominado “Contratante” en la estructura de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), ya que la información utilizada para el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral debe coincidir con la información reportada al momento de la afiliación a dicho sistema.

Según la reforma a las pensiones, se entenderán como aportes al sistema pensional a las cotizaciones a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) corresponden a las personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos, los contratistas, los trabajadores independientes con ingresos netos iguales o superiores a un salario mínimo mensual legal vigente, y los pensionados con pensión de jubilación para compartir o pensión convencional para compartir, mientras cumplan los requisitos para la pensión de vejez, así como aquellos a quienes les aplique el régimen de transición mencionado en el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024.

Se considerarán como novedades aquellos eventos que alteran el monto de las cotizaciones de los aportantes o las obligaciones económicas que tienen frente al sistema. Las novedades reportables a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) incluyen las siguientes:

  • ING: Ingreso
  • RET: Retiro
  • TDE: Traslado desde otra EPS o EOC
  • TAE: Traslado a otra EPS o EOC
  • TDP: Traslado desde otra Administradora de Pensiones
  • TAP: Traslado a otra Administradora de Pensiones
  • VSP: Variación permanente de salario
  • Correcciones
  • VST: Variación transitoria del salario
    SLN: Suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no
    remunerada o comisión de servicios
    IGE: Incapacidad Temporal por Enfermedad General o Licencia
    por cuidado de la niñez
    LMA: Licencia de Maternidad o de paternidad.
    VAC – LR: Vacaciones, Licencia Remunerada
    AVP: Aporte Voluntario.
    VCT: Variación centros de trabajo.
    IRP: Incapacidad por accidente de trabajo o enfermedad
    profesional.

Para las modificaciones a los anexos técnicos, el Ministerio de Salud adoptará los pilares de la reforma pensional. Es decir: el Pilar Solidario, el Pilar Semicontributivo y el Pilar Contributivo. Este último se divide en dos componentes: el Componente de Prima Media (COLPENSIONES) y el Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), además del Pilar de Ahorro Voluntario. De acuerdo con la resolcuión en borrador, os aportes al Pilar Contributivo se realizan a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) por los afiliados que están vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos, así como los contratistas e independientes con ingresos netos de al menos un salario mínimo mensual legal vigente. Dichos aportes se dividen en dos grupos: los que oscilan entre un salario mínimo y dos punto tres salarios mínimos legales mensuales vigentes corresponden al Componente de Prima Media, mientras que los que exceden los dos punto tres salarios y llegan hasta los veinticinco salarios mínimos corresponden al Componente Complementario de Ahorro Individual.

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¿Cuáles son los elementos a revisar en los reportes del sistema pensional?

En la resolución en borrador, el Ministerio de Salud presenta una serie de anexos técnicos con los requisitos actualizados. Entre ellos: Regla de validación – Tipo de pensión Vs Subsistema al que
aporta
; Aportes a Fondo de solidaridad pensional – Subcuenta de Subsistencia; Aportes a Fondo de solidaridad pensional – Subcuenta de solidaridad.

CONSULTORSALUD comparte con sus lectores el proyecto de resolución con los posibles ajustes, derivados de la reforma pensional:

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