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Desafíos fiscales y falta de financiamiento en la ponencia negativa de la reforma a la salud

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ÚLTIMA HORA: Se hunde la reforma a la salud, ocho senadores firman ponencia de archivo

De acuerdo con el documento radicado de la ponencia negativa a la reforma a la salud el impacto fiscal y la falta de financiamiento de la reforma es preocupante. Buscando modificar la estructura financiera del sistema, permitiendo la financiación de presupuestos y servicios de mediana y alta complejidad, en lugar de pasar de una asignación de recursos mediante un modelo de aseguramiento vía UPC y garantía de una atención integral en salud de las tecnologías incluidas en el PBS.

La reforma propuesta introduce un cambio fundamental en la forma en que se asignan y ejecutan los recursos del sistema de salud. Si bien se mantienen las fuentes actuales de financiación, se plantean nuevos usos de los recursos que podrían dejar desfinanciada la garantía actual de atención integral en salud. Además, se plantea la financiación de Centros de Atención Primaria en Salud (CAPS) y otras funciones adicionales, lo cual requerirá gastos adicionales sin una fuente clara de financiamiento.

Algunos de los gastos no cuentan con una estimación detallada de sus costos y respectiva fuente de financiación, son los siguientes, conforme a las disposiciones de los artículos 60, 62, 63, 64 y 72 del proyecto de ley:

Elementos no cuantificados en concepto de impacto fiscal

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  • Fuente: elaboración ponentes, a partir de comentarios recibidos por participantes en Mesas Técnicas.

Impacto en la atención y servicios por las fuentes del financiamiento

La falta de certeza en cuanto a las fuentes de financiamiento para el funcionamiento y sostenibilidad de los servicios de atención de urgencias, el pago de licencias de maternidad y paternidad, entre otros, genera preocupación sobre cómo se mantendrán estos servicios vitales para la población. Además, la Corte Constitucional ha señalado deficiencias en la asignación de recursos para garantizar la atención de servicios y tecnologías en salud que no están cubiertos por la Unidad de Pago por Capitación (UPC).

La falta de un aval fiscal por parte del Ministerio de Hacienda ha generado dudas sobre la sostenibilidad financiera de la reforma. El Congreso ha aprobado medidas sin un adecuado análisis de su impacto fiscal y sin contar con la información suficiente para comprender las implicaciones financieras de la propuesta. Esto contradice las disposiciones legales que exigen un análisis detallado del impacto fiscal y su compatibilidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

La UPC está desfinanciada, según la Corte Constitucional. En este sentido, evaluó el nivel de cumplimiento de las órdenes que buscan la suficiencia de los Presupuestos Máximos (PM) para financiar los servicios y tecnologías en salud que no son con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC).  Así mismo, sostuvo que hay un nivel de cumplimiento bajo respecto de la suficiencia de los presupuestos máximos, lo que significa que el gobierno no ha financiado de manera adecuada los servicios de salud para los colombianos.

La Corte identificó varias razones detrás de esta situación, como falencias en la expedición de la metodología requerida para establecer los montos, demora en la entrega y recolección de información completa para su análisis, y retrasos injustificados en los pagos del gobierno a las EPS’s. Estos problemas afectan la liquidez de las EPS’s y el flujo de recursos en el sistema de salud, lo que resulta en un crecimiento desbordado de la cartera del sector.

Algunos congresistas, en especial del Centro Democrático, ya habían advertido sobre estas deficiencias en debates de Control Político en el Congreso. A pesar de estas advertencias, la reforma propuesta no designa la fuente de los recursos necesarios y crea nuevas erogaciones en áreas como atención primaria, transporte y dotación para equipos extramurales, atención prehospitalaria de urgencias, entre otros. Hasta el 29 de febrero de 2012, no se había obtenido el aval formal del Ministerio de Hacienda sobre la reforma propuesta. Aún así la ponencia positiva fue radicada sin aval fiscal, contrariando el artículo 7 de la Ley 819 de 2003.

Los conceptos remitidos por el Ministerio de Hacienda no constituyen un aval fiscal

Es importante señalar que los conceptos remitidos por el Ministerio de Hacienda respecto a esta iniciativa no constituyen un aval fiscal, sino más bien un análisis de los posibles gastos y beneficios, sin contener fuentes de financiación. Por lo tanto, el Congreso de la República no cuenta con información suficiente para comprender el impacto financiero de la aprobación del Proyecto de Ley en cuestión, tal como lo exige la Corte Constitucional.

Además, el análisis de factibilidad del Ministerio de Hacienda del 29 de noviembre de 2023 sostiene supuestos de crecimiento del salario mínimo legal mensual del 1% real anual, mientras que el aumento del salario mínimo en 2024 dispuesto por el gobierno nacional fue del 12.07%. Esto indica que la insostenibilidad de la reforma propuesta ya está empezando a confirmarse, incluso con las recomendaciones del Ministerio de Hacienda. A menos que el gobierno pretenda aumentar el salario mínimo en un 1% en 2025, lo cual no sería realista.

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