Corte Constitucional deja en firme política de control de precio de medicamentos

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La Sala Plena de la Corte Constitucional dejo en firme los artículos 71 y 72 del Plan Nacional de Desarrollo, que establece un control al precio de los medicamentos tanto para los compradores como para los proveedores mediante la creación de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos

Con esta decisión el Alto Tribunal dejó en firme las facultades que tiene el Gobierno para la fijación y regulación de precio de los medicamentos, a través de una evaluación de costo-efectividad y valor terapéutico, teniendo en cuenta el mercado colombiano.

La decisión también ratificó el trámite dispuesto para la expedición o renovación del registro sanitario de cada medicamento o dispositivo médico que ingrese al país, a través de la evaluación terapéutica que realice el  IETS, y que debe ser tenida en cuenta por el Invima para la expedición del registro sanitario (Lea: Precio de nuevas tecnologías según su aporte terapéutico)

Sin embargo, la Corte advierte que ese control no debe lesionar los elementos de disponibilidad y acceso a medicamentos e insumos de la población, y que la regulación que se expida para su ejecución debe cumplir con la normatividad vigente.

Por los que el Ministerio de Salud y Protección Social deberá establecer los mecanismos para adelantar negociaciones centralizadas de precios de medicamentos, insumos y dispositivos.

“Corresponderá a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos o Dispositivos, cuando así lo delegue el Gobierno Nacional, la definición de la metodología y los mecanismos de regulación de precios de medicamentos, así como la regulación de los márgenes de distribución y comercialización de los mismos” puntualiza la Corte.

Los medicamentos importados tendrán que ser revisados por la comisión y por el Invima. Si algún medicamento es igual a otro que ya exista en el mercado colombiano, su precio se regulará de acuerdo al que se comercialice en ese momento.

El pronunciamiento de la Corte se da después de que la demanda presentada por el presidente de la Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación y Desarrollo en la que argumentaba que esta normatividad iba en contravía del principio de libertad económica, poniendo una barrera de acceso para el ingreso de nuevos medicamentos al país. 

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