La Sala Plena de la Corte Constitucional emitió la Sentencia SU‑277 de 2025, fallando a favor de EPS Sanitas al anular tres resoluciones de la Superintendencia Nacional de Salud (No. 2024160000003002‑6, 2024100000003060‑6 y 2025320030001947‑6). El alto tribunal determinó que dichas medidas carecían de sustento técnico sólido, pues no incorporaron informes actualizados ni acataron las órdenes judiciales previas de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T‑760 de 2008.
Con esta decisión, la Corte Constitucional no solo restablece el derecho al debido proceso de la EPS, sino que también sienta un precedente clave sobre la necesidad de rigor y transparencia en el control administrativo del sistema de aseguramiento en salud.
Controversia y tutela presentada
En abril de 2024, la Superintendencia Nacional de Salud emitió la resolución 2024160000003002‑6 para intervenir EPS Sanitas, ordenando su administración forzosa y asumiendo funciones de su junta directiva. Días después, aprobó la toma de posesión efectiva mediante la resolución 2024100000003060‑6. Un año después, prorrogó la medida con la resolución 2025320030001947‑6.
Clínica Colsanitas S.A. y entidades vinculadas respondieron con una acción de tutela, argumentando que la autoridad vulneró el debido proceso y no valoró debidamente la información sobre la viabilidad financiera de la EPS ni las instrucciones de la Corte en autos previos.
Fallos procedimentales detectados
La Corte Constitucional encontró que la Superintendencia no incorporó las órdenes clave de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T‑760 de 2008, en las que se solicitaba verificar la suficiencia financiera de EPS Sanitas antes de tomar medidas de intervención. Asimismo, basó su decisión en informes con corte a marzo de 2023 que analizaban cifras de deuda de forma agregada, sin desagregar los montos por recobros estatales (RIPS) ni considerar las actualizaciones tarifarias aprobadas recientemente.
Adicionalmente, las resoluciones carecieron de una motivación técnica adecuada que demostrara cómo la intervención corregiría las deficiencias financieras identificadas. Estas omisiones impidieron a EPS Sanitas ejercer plenamente su derecho de defensa y comprender el alcance real de las acusaciones en su contra.
La decisión de la Corte
La Corte Constitucional, en la sentencia SU‑277 de 2025, revocó las resoluciones 2024160000003002‑6, 2024100000003060‑6 y 2025320030001947‑6 al considerar que carecían de procedimiento reglamentario y soporte técnico adecuado, y amparó el derecho al debido proceso de EPS Sanitas al exigir que cualquier medida de intervención se base en un expediente completo, datos financieros actualizados y cumplimiento de las directrices judiciales previas. .
Así mismo, ordenó remitir el caso a la Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia T‑760 de 2008 para un nuevo examen riguroso de la suficiencia de la UPC y los presupuestos máximos. Este pronunciamiento refuerza el principio de legalidad y la supremacía de las garantías constitucionales, marcando un precedente que obliga a las autoridades regulatorias a diseñar protocolos de evaluación más sólidos y transparentes antes de adoptar medidas que afecten la estructura directiva de una EPS.
Repercusiones para el sector salud
El pronunciamiento de la obliga a la Superintendencia Nacional de Salud y a las EPS a reforzar sus procesos internos y documentación: deben garantizar la plena transparencia en la presentación de información financiera, acatar estrictamente las órdenes judiciales previas y explicar de manera clara las motivaciones técnicas y jurídicas que sustentan cualquier medida de control.
Este llamado a la transparencia tiene un efecto inmediato en la confianza del mercado: las EPS que implementen protocolos de revisión periódica de sus estados financieros y diálogos abiertos con la autoridad fortalecerán su posición frente a eventuales intervenciones. Asimismo, entregar informes detallados sobre la suficiencia de la UPC y los presupuestos máximos permitirá a la Superintendencia tomar decisiones más precisas y proporcionales. Para administradores de clínicas y directivos de EPS, la resolución subraya que equilibrar la vigilancia estatal con las garantías procesales no solo es un mandato legal, sino una estrategia de sostenibilidad institucional que refuerza la resiliencia del sistema y preserva la confianza de los usuarios.
Impacto del fallo en el sistema de salud
La Sentencia SU‑277 de 2025, al anular la intervención de EPS Sanitas, reafirma la exigencia de rigor procedimental en la supervisión del sector salud. El fallo sienta un precedente para asegurar que las decisiones administrativas extremas se adopten con plena fundamentación, protegiendo los derechos de las entidades y la calidad de atención a los afiliados.

Conozca aquí el fallo de la Corte Constitucional, Sentencia SU‑277 de 2025, Sala Plena, 26 de junio de 2025.