Consejo de Estado admite demanda contra intervención de la Nueva EPS por parte de Supersalud

El máximo tribunal de lo contencioso administrativo evaluará la legalidad de la intervención a la NUEVA EPS, tras admitir una demanda presentada por un ciudadano en contra de las resoluciones emitidas por la Superintendencia Nacional de Salud.
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La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado admitió una demanda de nulidad presentada por el ciudadano Samuel Alejandro Ortiz Mancipe, en contra de la resolución que ordenó la toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios, así como la intervención forzosa administrativa de la Nueva EPS – Nueva Empresa Promotora de Salud S.A., por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.

La acción judicial se dirige específicamente contra la Resolución 2024160000003012-6 del 3 de abril de 2024, mediante la cual Supersalud intervino la Nueva EPS, y contra su prórroga posterior: la Resolución 2025320030001956-6 del 2 de abril de 2025. El demandante argumenta que existen vicios de legalidad en las decisiones adoptadas por la entidad de control.

La NUEVA EPS, una de las Entidades Promotoras de Salud con mayor número de afiliados en Colombia, quedó bajo administración forzosa tras la intervención. La medida ha tenido implicaciones significativas tanto para el sistema de salud como para los usuarios y trabajadores de la entidad.

Admisión formal por parte del Consejo de Estado

Mediante auto interlocutorio emitido el 11 de julio de 2025, el Consejo de Estado admitió la demanda por considerar que esta cumple con las formalidades previstas en los artículos 162 a 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La acción fue interpuesta bajo el medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del mismo código.

Con esta decisión, se abre la etapa procesal para que las partes involucradas puedan ejercer su derecho de defensa y contradicción.

El tribunal ordenó la notificación personal a la Superintendente Nacional de Salud, al Procurador Delegado ante la Sección Primera del Consejo de Estado, a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, y al actual interventor de la NUEVA EPS, Bernardo Armando Camacho Rodríguez.

Asimismo, se concedió un plazo de treinta (30) días a los intervinientes para contestar la demanda, presentar excepciones, pruebas o solicitudes de llamamiento en garantía, si fuere necesario. La Superintendencia deberá además allegar al expediente los antecedentes administrativos del acto demandado, bajo advertencia de incurrir en una falta disciplinaria gravísima en caso de omisión.

En cumplimiento del artículo 171 del CPACA, el Consejo de Estado ordenó informar públicamente la existencia del proceso a través de su sitio web institucional. Esta medida garantiza el principio de publicidad y permite el seguimiento ciudadano sobre el desarrollo del caso.

Un proceso clave para el sistema de salud colombiano

La intervención a la Nueva EPS ha sido uno de los hechos más controvertidos en el ámbito de la supervisión estatal al sistema de salud colombiano. La admisión de esta demanda representa una oportunidad para que el Consejo de Estado analice si se cumplieron las condiciones jurídicas que justificaban una medida tan drástica como la toma de posesión e intervención administrativa. El proceso será seguido de cerca por múltiples actores del sector salud, académicos y organizaciones de pacientes, en un contexto donde las reformas estructurales y la gobernanza.

Descargue aquí la admisión de demanda:

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