La Superintendencia Nacional de Salud, expidió la Circular 004 de 2018, mediante la cual se imparten las instrucciones generales relativas al código de conducta y buen gobierno organizacional, el Sistema Integrado de Gestión de Riesgos y a sus subsistemas de administración de riesgos.
Estas instrucciones aplican a todas las Entidades Promotoras de Salud (EPS) autorizadas para operar el aseguramiento en salud, pertenecientes al régimen contributivo y subsidiado, vigiladas por Ia Superintendencia Nacional de Salud independientemente de su naturaleza jurídica, excluyendo las EPS indígenas (EPSI).
Las entidades deben desarrollar y mantener una estructura organizacional apropiada para Ia administraciôn del Sistema Integrado de Gestión de Riesgos de acuerdo con su tamaño, estructura, actividad económica, forma de comercialización y demás características particulares. Para esto, se deben establecer y preservar estándares que permitan contar con personal idóneo para Ia administración como mínimo de los riesgos prioritarios. También deben quedar claramente asignadas las responsabilidades de las diferentes personas y áreas involucradas en los respectivos procesos y procedimientos, y establecer reglas internas dirigidas a prevenir y sancionar conflictos de interés, a controlar el uso y a asegurar Ia reserva de Ia información.
FUNCIONES JUNTA DIRECTIVA U ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN
- Aprobar las políticas de Ia entidad en materia de administración de todos los riesgos que pueden afectar los objetivos de Ia entidad y que son presentadas por el Comité de Riesgos.
- Aprobar los reglamentos, manuales de procesos, procedimientos y funciones de las áreas pertenecientes a Ia entidad.
- Aprobar el Côdigo de Conducta y Buen Gobierno, el sistema de control interno, Ia estructura organizacional y tecnológica del Sistema Integrado de Gestión de Riesgos.
- Aprobar el diseño y definir la periodicidad de los informes internos para los reportes de Ia gestión de los riesgos, especialmente los prioritarios que se van a presentar a las diferentes áreas de Ia entidad.
- Aprobar el marco general de indicadores de alerta temprana y los límites de exposiciôn como mínimo a los riesgos prioritarios.
- Entre otros.
FUNCIONES COMITÉ DE RIESGOS
- Evaluar y formular a Ia Junta Directiva, las metodologías de segmentación, identificación, medición, control y monitoreo de los riesgos a los que se expone Ia entidad, para mitigar su impacto, presentadas y diseñadas por el área de gestión de riesgos.
- Velar por el efectivo, eficiente y oportuno funcionamiento del ciclo general de gestión de riesgos, incluyendo todas las etapas que se mencionaron en el punto anterior, para cada uno de los riesgos identificados.
- Evaluar y formular a Ia Junta Directiva, los ajustes o modificaciones necesarios a las políticas de los diferentes Subsistemas de Administración de Riesgos, presentadas y diseñadas por el área de gestión de riesgos.
- Evaluar y proponer a Ia Junta Directiva, el manual de procesos y procedimientos y sus actualizaciones, a través de los cuales se llevarán a Ia práctica las políticas aprobadas para Ia implementación de los diferentes Subsistemas de Administración de Riesgos.
- Identificar las consecuencias potenciales que pueda generar la materialización de los diferentes riesgos sobre las operaciones que realiza Ia entidad.
- Evaluar los límites de exposición para cada uno de los riesgos identificados, y presentar a Ia Junta Directiva y al Representante Legal, las observaciones o recomendaciones que considere pertinentes, presentadas y diseñadas por el área de gestión de riesgos.
- Entre otros.
Las Entidades deben tener Ia capacidad institucional para identificar, evaluar, controlar y mitigar los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos y, especialmente, el cumplimiento de los objetivos del SGSSS y sus obligaciones contractuales.
Descargue a continuación la circular y conozca todos los detalles del código de conducta y buen gobierno organizacional, el Sistema Integrado de Gestión de Riesgos y a sus subsistemas de administración de riesgos.