Capacidad Instalada en infraestructura hospitalaria

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La Resolución 829 de 2015 define las condiciones técnicas para la destinación de los recursos del proyecto de “Fortalecimiento de la capacidad instalada a la prestación de servicios de salud en infraestructura y dotación hospitalaria nacional”

La Resolución 829 dicta las disposiciones para las entidades departamentales y distritales que presenten proyectos de las Empresas Sociales del Estado –ESE de su jurisdicción para el “Fortalecimiento de la capacidad instalada a la prestación de servicios de salud en infraestructura y dotación hospitalaria nacional”.

Los recursos se destinarán para la cofinanciación de proyectos para construcción, ampliación, remodelación, reforzamiento estructural o reposición de la infraestructura física de las ESE.

Al igual, que los proyectos para adquisición de equipos biomédicos, tecnológicos, industriales, hospitalarios y mobiliarios de las ESE.

Criterios de elección

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La Resolución 829 establece los criterios de elegibilidad para los proyectos, los cuales, deben cumplir con requisitos tales como:

– El proyecto tenga concepto técnico de viabilidad emitido por el Ministerio de Salud y Protección Social.

– La Entidad Territorial debe demostrar la cofinanciación para la ejecución del proyecto, el cual, no debe ser inferior al 30% del valor total del proyecto. Los recursos deben ser diferentes a los asignados por el Ministerio, la cofinanciación puede provenir de diferentes fuentes.

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Selección de proyectos

Para la selección de los proyectos de infraestructura y dotación hospitalaria que hayan iniciado su ejecución sin aportes por parte del Ministerio y que necesiten recursos para su terminación, deben cumplir con lo establecido en el anexo técnico de la presente resolución, y presentar adicionalmente los siguientes documentos:

– Análisis y viabilidad del balance de ejecución física y financiero de las inversiones, que permitan determinar los costos finales del proyecto, las condiciones de cofinanciación restantes y destinación de los recursos solicitados al Ministerio.

– Un certificado en el que se compruebe el estudio y verificación de la obra ya ejecutada, las cantidades de obras que corresponden a los establecido en el proyecto y a lo contratado; que los recursos invertidos sean acordes a los avances de la obra; informes de interventoría; que la obra ejecutada cumpla con las normas de regulan la materia.

La asignación de los recursos por parte del Ministerio estará sujeta a la disponibilidad presupuestal del proyecto “Fortalecimiento de la capacidad instalada a la prestación de servicios de salud en infraestructura y dotación hospitalaria nacional” y su vigencia fiscal.

El Ministerio evaluará los proyectos y en dado caso de encontrar irregularidades informará a las entidades de vigilancia y control. Además de solicitar acompañamientos para garantizar la adecuada ejecución de los proyectos.

La Resolución 829 de 2015 entra en vigencia a partir de su publicación.

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