En un comunicado emitido por el Ministerio de Salud (Minsa), se informó que a partir del 13 de septiembre de 2023, los bancos de sangre, tanto del sector público como privado, contarán con un año adicional para cumplir con los requisitos necesarios para obtener su autorización sanitaria de funcionamiento.
Esta medida se estableció mediante el Decreto Supremo n° 023-2023-SA, con el objetivo de garantizar la seguridad y calidad en la obtención, donación, conservación, transfusión y suministro de sangre humana, tal como lo establece la Ley n° 26454.
En la Ley se declara de orden público e interés nacional. En este marco legal, los Bancos de Sangre son establecimientos encargados de la extracción de sangre humana para transfusiones, terapias preventivas e investigaciones. Estos deben funcionar con licencia sanitaria y tienen la responsabilidad de asegurar la calidad y seguridad de la sangre y sus componentes durante todo el proceso.
Además, la ley busca ampliar y regularizar los bancos de sangre en el país, promoviendo la obtención y donación voluntaria de sangre, así como el uso de tecnología para optimizar la eficiencia en la producción de hemocomponentes.
Es importante destacar que la norma tiene como finalidad asegurar procesos adecuados en la cadena transfusional, tanto en el control de calidad interno como externo. Además, se busca contrarrestar el tráfico, lucro y comercialización indebida de sangre.
Durante todo el año, el Minsa continuará promoviendo y fomentando la donación voluntaria, gratuita y segura de sangre, siendo fundamental que los bancos de sangre cuenten con la autorización sanitaria correspondiente.
Esta ampliación del plazo brinda una oportunidad para que cumplan con todos los requisitos establecidos, garantizando así la seguridad y calidad en los procesos de obtención y donación de sangre en el país.
Bancos de sangre autorizados
Cabe aclarar que en el pasado mes de julio se emitió la Autorización Sanitaria de Funcionamiento para el Banco de Sangre ubicado en el Hospital Nacional III-1 Carlos Alberto Seguin Escobedo. Esta autorización garantiza que el banco de sangre cumple con los requisitos y estándares necesarios para llevar a cabo la obtención, procesamiento, almacenamiento y suministro de sangre humana y sus componentes.
El Banco de Sangre tipo II en el Hospital Nacional III-1 Carlos Alberto Seguin Escobedo cumple con los estándares y requisitos establecidos por el Ministerio de Salud. Tiene la capacidad de realizar la promoción, captación, colecta, procesamiento y distribución de sangre y/o fracciones de manera oportuna, asegurando la calidad y cantidad necesarias para su aplicación terapéutica. Además, cuenta con personal capacitado, infraestructura adecuada y equipos especializados para llevar a cabo estas actividades de manera segura y eficiente.