La Resolución 3391 de 2015 modifica el artículo 12 de la Resolución 2358 de 2014, que reglamenta la asignación de plazas del Servicio Social Obligatorio- SSO, que garantiza una selección objetiva de los profesionales que atiendan las necesidades de las IPS que tienen plazas aprobadas acorde con las necesidades de la población.
Dentro del artículo 12 de la Resolución 2358 de 2014, autoriza la asignación directa de plazas en los casos de no asignación, que quedan por vacantes, por renuncia o por no aceptación del profesional, en los plazos y cronogramas establecidos.
Sin embargo, el Ministerio de Salud y Protección Social considera que ante situaciones excepcionales que exigen la prestación urgente del servicio de salud, es necesaria la asignación de las plazas por fuera de los plazos y cronogramas.
Esa asignación se podrá hacer en la atención de emergencias, brotes y epidemias que requieren aumentar el número de profesionales de la salud; o en el cierre, fusión y liquidación de las IPS que afectan la continuidad de los profesionales de la salud, y otras eventualidades que requieran del servicio y talento humano.
La Resolución 3391 de 2015 crea el procedimiento extraordinario y expedito para la provisión de plazas del Servicio Social Obligatorio- SSO en situaciones excepcionales.
Así queda el artículo 12:
Efectuado el proceso de asignación, de acuerdo con lo señalado en el artículo anterior, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud podrán proveer directamente las plazas no asignadas. Igual procedimiento deberá ser realizado con las plazas que resulten vacantes por renuncia o no aceptación del profesional asignado.
La información sobre la provisión de estas plazas, la reportarán las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud a las Direcciones Departamentales de Salud o quienes hagan sus veces y la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, quienes la remitirán a este Ministerio una vez consolidada, en el formato que para el efecto se publique en la página web.
PARA GRÁFO. El Ministerio de Salud y Protección Social, a través del Comité de Servicio Social Obligatorio, podrá autorizar la asignación directa de plazas por parte de la IPS, previa verificación del cumplimiento de requisitos por parte de la Entidad Territorial, cuando se evidencien situaciones excepcionales relacionadas con la atención de emergencias, brotes y epidemias que requieran aumentar el número de profesionales de la salud, el cierre, fusión y liquidación de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que afecte la continuidad de los profesionales de la salud que atienden los servicios y otras eventualidades que hagan necesario garantizar /a presencia inmediata del talento humano en salud”.
La Resolución 3391 de 2015 entra en vigencia a partir de su publicación
Descargue: Asignación directa de Plazas SSO – Resolución 3391 de 2015