El Ministerio de Salud dio a conocer los ajustes a la transición prevista para la implementación del RIPS como soporte de la FEV en salud. También presentó las fechas posibles de inicio de operación de la a plataforma del mecanismo único de validación, a través de un proyecto de resolución que estará abierto a comentarios hasta el próximo 20 de septiembre.
Desde 2021, la cartera sanitaria ha impulsado la adopción del Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud (RIPS) como parte de la factura electrónica de venta (FEV) en salud. Aunque el proceso enfrentó aplazamientos por las limitaciones en los sistemas de información de los obligados, se completaron con éxito las pruebas de la plataforma informática que soporta el mecanismo de validación de datos. La Resolución 2275 de 2023, que regula este proceso, entrará en vigencia el 1 de octubre de 2024, tras una fase de transición que incluyó la participación de miles de actores del sector salud en eventos formativos.
Como parte de la memoria justificativa del proyecto (y que encontrará al final de este artículo), el Ministerio de Salud resalta que, dada la madurez relativa de las entidades del sector salud, su complejidad institucional y los valores facturados, especialmente en aquellas obligadas a la generación del RIPS como soporte de la FEV en salud, es necesario implementar un espacio de transición gradual y progresiva para adoptar el estándar de información establecido.
Esto se plantea con el objetivo de no comprometer los fines de la política pública, garantizando que el proceso de validación de datos del Ministerio no impida la presentación de facturas ante las ERP y demás pagadores, y por ende, asegurando el flujo de recursos sin afectar el seguimiento de las responsabilidades por parte de las entidades de inspección, vigilancia y control.
La implementación gradual propuesta debe basarse en criterios de capacidad institucional y valores de facturación, dado que aquellas entidades con mayor complejidad y volúmenes de facturación están mejor posicionadas para cumplir con las adecuaciones requeridas por la Resolución 2275 de 2023. Se sugiere iniciar la implementación con estas entidades y extenderla progresivamente al resto de prestadores de servicios de salud (PSS) y prestadores de transporte de salud (PTS) con capacidades institucionales más limitadas.
Según los datos del REPS a 2 de septiembre de 2024, se identifican 55.002 PSS activos, entre ellos 42.906 profesionales independientes, 10.411 IPS públicas y privadas, 1.270 entidades con objeto social diferente, y 415 entidades de transporte especial de pacientes, datos que confirman la importancia de la transición progresiva de los RIPS.
Cronograma propuesto para la transición del RIPS:
FASE/PROCESO | ACTIVIDAD | PLAZO DE EJECUCIÓN |
Mecanismo de autenticación para PSS y PTS | Grupo 1. PSS con servicios de alta complejidad habilitados y activos en REPS al 2 de septiembre de 2024 según el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS en el siguiente enlace https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/listado-pssreps-2024.zip Entrada en operación del mecanismo único de validación del RIPS (JSON) como soporte de la FEV en salud (XML con los campos adicionales del sector salud). Se inicia la transmisión del conjunto de archivos a la plataforma para obtener el CUV para su radicación. | 1 de octubre de 2024 |
Asistencia técnica, pruebas y pilotos | Grupo 1. Asistencia técnica obligatoria en procesos de autenticación, instalación y realización de pruebas y pilotos de validación ante el mecanismo único de validación, en sus diferentes módulos (Fases I, II y III), según programación Minsalud. | 1 de octubre a 30 noviembre de 2024 |
Mecanismo de autenticación para PSS y PTS | Grupo 2. PSS con servicios de mediana complejidad habilitados y activos en REPS al 2 de septiembre de 2024 según el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS en el siguiente enlace https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/listado-pssreps-2024.zip Entrada en operación del mecanismo único de validación del RIPS (JSON) como soporte de la FEV en salud (XML con los campos adicionales del sector salud). Se inicia la transmisión del conjunto de archivos a la plataforma para obtener el CUV para su radicación. | 1 de febrero de 2025 |
Asistencia técnica, pruebas y pilotos | Grupo 2. Asistencia técnica obligatoria en procesos de autenticación, instalación y realización de pruebas y pilotos de validación ante el mecanismo único de validación, en sus diferentes módulos (Fases I, II y III), según programación Minsalud. | 1 de diciembre de 2024 a 31 de enero de 2025 |
Mecanismo de autenticación para PSS y PTS | Grupo 3. PSS con servicios de baja complejidad, profesionales independientes no obligados a FEV en salud y entidades con objeto social diferente habilitados y activos en REPS al 2 de septiembre de 2024 según el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS en el siguiente enlace https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/listado-pssreps-2024.zip, y PTS inscritos ante el mecanismo al 2 de septiembre de 2024 según el listado dispuesto por el Ministerio en el micrositio de FEV-RIPS en el siguiente enlace: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/OT/listado-ptsobligados-reportar-fev-rips.ziP Entrada en operación del mecanismo único de validación del RIPS (JSON) como soporte de la FEV en salud (XML con los campos adicionales del sector salud). Se inicia la transmisión del conjunto de archivos a la plataforma para obtener el CUV para su radicación. | 1 de abril de 2025 |
Asistencia técnica, pruebas y pilotos | Grupo 3. Asistencia técnica obligatoria en procesos de autenticación, instalación y realización de pruebas y pilotos de validación ante el mecanismo único de validación, en sus diferentes módulos (Fases I, II y III), según programación Minsalud. | Del 1 de febrero al 31 de marzo de noviembre de 2025. |
En el proyecto de resolución, el Ministerio de Salud señala que las entidades que están obligadas a entregar el RIPS (Registro Individual de Prestación de Servicios de Salud) deben presentar los datos correspondientes a los servicios y tecnologías de salud que hayan prestado y facturado a partir de la fecha específica establecida para cada grupo. Estas fechas se encuentran detalladas en el listado disponible en el micrositio de FEV-RIPS dispuesto por el ministerio.
Hasta que las nuevas disposiciones entren plenamente en vigencia, los RIPS deberán seguir entregándose conforme a las estructuras definidas previamente en la Resolución 3374 de 2000 y las demás normativas relacionadas. Esto asegura una transición ordenada hacia el nuevo modelo de entrega de información, cumpliendo con los anexos técnicos establecidos en la resolución actual.