El Ministerio de Salud emitió la Resolución 408 de 2020 por el cual se adoptan medidas preventivas para el control sanitario de pasajeros provenientes del extranjero, por vía aérea, a causa del nuevo coronavirus- COVID-19.
Con esta medida solo se permitirá el ingreso al país de colombianos y extranjeros con residencia permanentes en Colombia, es decir, titulares de visa migrante, visa de residentes o visa de cortesía y sus beneficiarios en el país. Estos pasajeros deberán cumplir con las medidas sanitarias que para el efecto adopte el Ministerio de Salud y Protección Social, además también podrán ingresar las siguientes:
- Personas pertenecientes a cuerpos diplomáticos debidamente acreditados en el país.
- Extranjeros que inicien su vuelo hacia el país antes de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución 408.
- La tripulación de la aeronave.
No obstante, los extranjeros inadmitidos deberán regresar al país de origen de manera inmediata a su arribo. La aerolínea dispondrá lo necesario para regresarlos en el siguiente vuelo. Los costos de retorno de los pasajeros inadmitidos serán asumidos por la aerolínea, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1067 de 2015.
Medidas sanitarias
En los casos en que el destino final de los pasajeros a quienes se permita el ingreso al país, no corresponda con el punto de ingreso al país, el traslado al destino final se hará con todas las medidas de bioseguridad y condiciones de tránsito y/o conexión establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. Las medidas de bioseguridad que se requieran, serán sufragadas con cargo a los recursos propios del pasajero.
Adicionalmente, los pasajeros admitidos deberán cumplir con las medidas sanitarias que adopte el Ministerio de Salud y Protección Social.
suspensión de vuelos
De otra parte, es importante aclarar que en el país se mantiene la suspensión de vuelos hasta el 30 de mayo de 2020 y, podrá levantarse antes de esa fecha si se establecen otras directrices expuestas por el Gobierno Nacional.
Finalmente, es preciso decir, que las medidas sanitarias preventivas de aislamiento y cuarentena será de 14 días, para las personas que ingresen al país, por vía aérea, provenientes del extranjero con autorización previa.