Supersalud: ‘cesación provisional’ a 6 EPS por barreras de acceso en salud

Mediante ‘medidas cautelares de cesación provisional’, la Supersalud ordeno a estas EPS remover barreras que impiden a los usuarios acceder a tratamientos de alto costo y a la entrega de medicamentos.
Supersalud cesación provisional a 6 EPS por barreras de acceso en salud
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Nuevas medidas cautelares de cesación provisional contra las EPS Medimás, Coomeva, Savia Salud, Comparta, Ambuq y Convida fueron interpuestas por la Superintendencia Nacional de Salud, para resolver de manera inmediata las 14.130 peticiones, quejas y reclamos que tienen desde enero de 2019, relacionadas con la autorización y entrega de medicamentos, la prestación de todo tipo de servicios y los tratamientos a pacientes de alto costo.

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Pero, ¿en qué consiste la cesación provisional?

La cesación provisional es una medida  que busca cesar cualquier tipo de barrera administrativa que les impida a los usuarios acceder de manera oportuna a un medicamento, cita médica o programación de un servicio de salud.

El  máximo órgano de vigilancia del sector salud  también indicó, obligó a estas EPS a que remitan un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes y a demostrar los resultados efectivos que garanticen de manera inmediata la respuesta a los siguientes casos:

EPS 1

pqrd presentadas

Así mismo, frente a estas peticiones, quejas y/o reclamos (PQRD),  que fueron radicadas a lo largo de 2019, y hasta el 31 de marzo de 2020, la Supersalud afirmó  que las EPS Medimás y Coomeva concentran el 79% de las quejas que deben ser atendidas con inmediatez.

Razón por la cual, el ente de control mediante las resoluciones 002018, 002019, 002023, 002024, 002025 y 002048 de abril de 2020, estableció medidas cautelares de cesación provisional” con esto busca que las EPS eliminen las barreras administrativas que han obstaculizado o negado el acceso a sus afiliados, incluso a servicios básicos como la programación de citas médicas, la autorización de procedimientos o la entrega de tecnologías de salud.

 “No vamos a permitir que los derechos de los usuarios sean vulnerados, más si tenemos en cuenta la emergencia sanitaria que atravesamos; aquí las EPS tienen la responsabilidad de garantizar, no solo durante esta situación sino de manera continua, una atención en salud en términos de disponibilidad, oportunidad, accesibilidad y calidad y para quienes no cumplan seremos implacables con las sanciones”, aseguró el Superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal Ángel.

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Advertencia a las EPS

En esta misma línea, la Superintendencia de Salud manifestó a las EPS que de manera inmediata, sean resueltas las dificultades identificadas, relacionados fundamentalmente con la entrega de medicamentos y las barreras de atención a pacientes de alto costo, advirtió que, de incumplir estas instrucciones serán investigadas administrativamente.

“Es inaceptable que los usuarios tengan que seguir padeciendo dificultades para acceder a los servicios de salud; todas las EPS tienen la responsabilidad de garantizar el derecho a la salud y más tratándose de usuarios con protección especial como es este caso”, agregó el Superintendente Aristizábal Ángel.

En este sentido, además de cesar las barreras administrativas que dilatan o niegan los servicios requeridos, las citadas Empresas Promotoras de Salud deberán remitir un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes de la Superintendencia.

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