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Orientaciones para la atención de los habitantes de calle durante la pandemia

El Ministerio de salud emitió los lineamientos para la atención en salud de la población en condición de calle en el marco de la pandemia por Covid-19
Orientaciones para la atención de los habitantes de calle durante la pandemia
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La población en condición de calle es gravemente afectada por la crisis sanitaria que en este momento vive el país, por esta razón el Ministerio de Salud, creó y difundió las orientaciones que deben acatar las Entidades Territoriales para la prevención, detección, y manejo de casos sospechosos de infección causada por Covid-19 en esta población.

Estas medidas se toman, con el fin de disminuir el riesgo de transmisión del virus y la canalización de personas en situación de calle con enfermedad por coronavirus a los servicios de salud.

Para las entidades territoriales

En forma general las Entidades Territoriales y Locales deben coordinar los planes, programas y servicios que existan para la atención de población en situación de calle, tanto extramurales, como de internación parcial o total con la finalidad de cumplir los protocolos de salud pública establecidos para evitar el contagio de COVID-19, y la atención social de las personas con presunción de contagio, o con contagio confirmado, para que tengan un lugar donde alojarse en ambas circunstancias.

Actividades específicas

En primer lugar, se deben identificar y monitorear las zonas de concentración de la población habitante de calle, como los espacios abiertos, por ejemplo, parques, plazas, parqueaderos, rondas de ríos, así como los centros de acogida y hogares de paso, entre otros. Lo anterior con el propósito de identificar posibles casos de contagio y activar la ruta de contención y/o aislamiento.

También, se fortalecerán las acciones de limpieza, desinfección y recolección de residuos en las áreas en las que permanecen las personas habitantes de la calle, así como en los servicios a los que asisten y en los que permanecen.

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En los sitios identificados se instalarán puntos para que las personas puedan realizar lavado de manos e hidratación con puntos de agua potable, de acuerdo con el protocolo establecido por el Ministerio de Salud.

No se debe olvidar que está población debe estar identificada en la lista de población vulnerable, en caso de no ser así el Ente Territorial debe identificar la población habitante de calle de su jurisdicción y registrarla en los listados de población vulnerable de atención prioritaria para la emergencia COVID-19 del municipio o departamento en el marco de los Comités Territoriales de Gestión del Riesgo, promoviendo el aseguramiento en salud de esta población.

Posibles casos de Covid-19

Se debe realizar valoración médica de signos de alarma frente a la presencia de infecciones respiratorias agudas y potencial presencia del COVID-19, preferiblemente con equipos
extramurales.

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Posteriormente, se deben canalizar los casos de mayor riesgo hacia los servicios de salud y definir las posibles instituciones o centros de alojamiento para el aislamiento en la medida de contención.

No obstante, se debe tener preparado un plan de contingencia, en caso de que eventualmente se requiera realizar cuarentena de la población en situación de calle, o aislamiento para minimizar el riesgo de contagio.

También puede leer: lineamientos para la disposición de cadáveres por Covid-19

Recomendaciones para equipos asistenciales de contacto en calle

Los equipos asistenciales que trabajan con la población en condición de calle están más expuestas a un posible contagio, por esta razón deben extremar las medidas de seguridad:

  • Usar los elementos de bioseguridad necesarios para el contacto con población que tiene mayor riesgo de afectación en salud por su estilo de vida, incorporando aquellas necesarias para la prevención de COVID-19 para personas que atienden público.
  • Evitar en lo posible tener contacto físico con la persona en calle, mantener una distancia mínima de 1 metro, en caso de que sea necesario tener contacto físico con el ciudadano o sus pertenencias, usar guantes y tapabocas N95.
  • Disponer de implementos de aseo y desinfección personal para realizar el lavado de manos de manera frecuente, y tener en cuenta que pueden constituirse en agentes transmisores para las personas habitantes y para sus familias, porque tienen mayor
    movilidad en los territorios y están en contacto con mayor número de personas que la población HC, así que se deben incrementar las medidas autoprotección.
  • Utilizar ropa exclusiva para el desarrollo de las actividades en calle, relacionadas con monitoreo, asistencia y atención a la población con habitanza en calle. Luego de terminar la jornada de trabajo, empacar en una bolsa plástica y tan pronto le sea posible, sin tener contacto con la misma, realizar lavado con desinfectante.
  • Tener en cuenta que las personas en situación de calle son susceptibles de tener una doble estigmatización en caso de presunción de tener COVID-19 o de haberse confirmado que lo tienen y ello puede incrementar las barreras para su atención, por tanto, identificar las barreras y gestionar frente a los actores involucrados

Recomendaciones para EPS e IPS

Las EPS e IPS deben tener en cuenta lo dispuesto para la reducción de trámites para la afiliación, incluida la afiliación de oficio, con el fin de reducir las barreras de atención.

Así mismo, deben implementar acciones de información y comunicación con su talento humano para reducir barreras de atención hacia esta población debido a estigma y discriminación por su situación de calle.

Finalmente, estas entidades deben intensificar las medidas de bioseguridad y garantía en los suministros requeridos para disminuir riesgo de transmisión de IRA particularmente de esta población vulnerable.

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