El 15 de noviembre de 2024, mediante la Resolución No. 2024320030015020-6, la Superintendencia Nacional de Salud removió del cargo al agente interventor de la Nueva EPS, Julio Alberto Rincón, y designó como su reemplazo a Bernardo Armando Camacho Rodríguez. Este cambio, realizado en el marco de la intervención forzosa administrativa, busca corregir irregularidades en la gestión financiera, operativa y administrativa de la EPS, garantizando la continuidad en la prestación de los servicios de salud y el uso adecuado de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).
Nueva EPS: Causas para la remoción del agente interventor
La decisión de la Superintendencia Nacional de Salud de remover al agente interventor se sustenta en diversos hallazgos documentados que demuestran un desempeño insuficiente en áreas fundamentales para la estabilidad de la entidad:
- Deficiencias financieras y administrativas:
- Falta de confiabilidad en los reportes financieros: Los informes presentados por el interventor saliente no cumplían con las normas de calidad, oportunidad y veracidad establecidas en la legislación vigente.
- Inconsistencias en la gestión contable: La administración de los recursos mostró debilidades significativas, poniendo en riesgo la sostenibilidad operativa de la EPS.
- Retrasos en la carga de información: La tardanza en subir datos a plataformas como RVCC obstaculizó la supervisión y seguimiento oportuno por parte de la Superintendencia.
- Incumplimiento en la gestión operativa:
- Pagos pendientes a la red de prestadores: No se tomaron medidas efectivas para regularizar el flujo de recursos hacia los prestadores de servicios de salud, afectando la continuidad de la atención.
- Indicadores de gestión incumplidos: Solo el 33% de los objetivos establecidos por el Sistema Fénix fueron alcanzados, reflejando un desempeño insuficiente en la implementación de planes de mejora.
- Faltas legales y éticas:
- Omisión en la declaración de bienes y rentas: El interventor saliente no cumplió con las obligaciones de transparencia establecidas en la Ley 2013 de 2019.
- Incumplimiento de normas de rendición de cuentas: No se entregaron reportes que cumplieran con los estándares exigidos por la Superintendencia.
Obligaciones del interventor saliente
El agente interventor removido, Julio Alberto Rincón, tiene responsabilidades claras para garantizar una transición adecuada y el cierre ordenado de su gestión:
- Rendición de cuentas detallada: Dentro de los cinco días calendario siguientes a su retiro, debe entregar un informe físico consolidado sobre las actividades realizadas, incluyendo un diagnóstico de los asuntos prioritarios para la EPS.
- Entrega de activos: En un plazo de tres días, deberá realizar el empalme administrativo con el nuevo interventor, entregando activos, libros de contabilidad, registros y demás elementos relacionados con la gestión de la entidad.
- Informe final: Dentro de los diez días posteriores a su salida, se debe presentar un informe de rendición de cuentas tanto a la Superintendencia como a su reemplazo, documentando las actividades y el estado de los procesos.
- Cooperación obligatoria: El interventor saliente está legalmente obligado a asistir al nuevo interventor en el proceso de transferencia de responsabilidades. En caso de incumplimiento, se activarán sanciones como la ejecución de la póliza de cumplimiento y la imposición de multas.
Nombramiento de Bernardo Armando Camacho Rodríguez
El nuevo agente interventor, Bernardo Armando Camacho Rodríguez, deberá asumir el cargo en un plazo de cinco días hábiles a partir de la notificación, momento en el cual iniciará sus funciones con plenas responsabilidades administrativas. Entre las principales tareas asignadas se destacan:
- Diseño de un plan de trabajo: Dentro de los 30 días posteriores a su posesión, el interventor deberá presentar un plan integral que incluya un cronograma, presupuesto y un diagnóstico detallado de la situación actual de la EPS.
- Gestión financiera y operativa: Garantizar la estabilidad financiera de la entidad, optimizar el flujo de recursos y asegurar la calidad en la prestación de servicios de salud.
- Acciones legales en caso de irregularidades: Si se detectan inconsistencias graves, el interventor deberá promover las acciones civiles o penales necesarias contra los responsables.
Obligaciones adicionales del interventor designado
La resolución establece que el interventor entrante deberá presentar diversos informes periódicos y finales:
- Informes de gestión mensuales: Durante los primeros 20 días de cada mes, deberá entregar análisis detallados sobre los componentes financiero, técnico-científico, administrativo y jurídico de la EPS.
- Informe al término de la medida: Previo a la finalización de la intervención, se deberá presentar un reporte que evalúe la viabilidad de continuar operando, la necesidad de prorrogar la medida o la posibilidad de liquidación de la entidad.
- Informe final: Dentro de los diez días posteriores al cese de sus funciones, se deberá entregar un resumen de las actividades realizadas, con énfasis en los resultados alcanzados.
Implicaciones para el sector salud
La decisión de la Superintendencia Nacional de Salud es un recordatorio de la importancia de la supervisión rigurosa y de la responsabilidad en la gestión de los recursos públicos en salud. La remoción de un agente interventor evidencia el compromiso del Estado por corregir irregularidades y proteger el derecho a la salud de los colombianos.
El caso de la Nueva EPS resalta la necesidad de fortalecer las capacidades operativas, financieras y administrativas de las entidades del SGSSS. Además, subraya la importancia de la transparencia, la rendición de cuentas y la implementación de mecanismos efectivos de control interno.
Consultorsalud seguirá monitoreando el impacto de este cambio y las estrategias adoptadas por el nuevo interventor para garantizar la sostenibilidad de la EPS y la calidad en la atención a los afiliados.