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Modificaciones en el reporte de información financiera ante la Supersalud – Proyecto de Circular

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La Superintedencia de Salud presentó el proyecto de decreto que busca hacer modificaciones y adiciones a la Circular 047 de 2007, e imparte instrucciones con respecto a la información financiera que deben presentar las entidades para efectos de supervisión (Lea: Modificaciones al PAMEC y Sistema de Información de Calidad)

De acuerdo a la nueva normatividad para la regulación de los grupos 1,2,3 NIIF del Ministerio de Hacienda y Credito Público, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que se basan en principios respecto del alcance, reconocimiento, medición, presentación y revelación de la información financiera.  

La Superintendencia Nacional de Salud expide el Catálogo de Información Financiera con fines de supervisión dirigido a las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y Generadores, vigilados por la Superintendencia Nacional de Salud, para el reporte de la información financiera por parte de las entidades clasificadas en los GRUPOS 1, 2 y 3

El Catálogo de Información Financiera con fines de supervisión tiene como objetivo esquematizar de manera uniforme y lógica los conceptos y agrupaciones relacionadas con las operaciones financieras de las entidades vigiladas.

Este catálogo es obligatorio únicamente para efectos del reporte a la Superintendencia Nacional de Salud, por lo que no obliga a que sea incorporado en su sistema de información para el reconocimiento diario de las operaciones económicas, ni para efectos del sistema documental contable.

Su ámbito de aplicación es para las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y Generadores, vigilados por la Superintendencia Nacional de Salud y que no se encuentran obligadas a aplicar el Régimen de Contabilidad Pública, clasificadas el grupo 1,2 y 3.

Este documento está en consideración de todos los actores del SGSSS, quienes podrán enviar sus observaciones al correo electrónico  [email protected]​​​, hasta el 18 de septiembre de 2016.

Descargue: Modificaciones en el reporte de información financiera ante la Supersalud – Proyecto de Circular 

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