Conozca los valores de copagos y cuotas moderadores 2023, que deberán pagar los ciudadanos para los regímenes contributivo y subsidiado.
Antecedentes para la circular externa 055 de 2022
Recordemos que el artículo 49 de la Ley 1955 del 2019 estableció que “… todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente (smmlv), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). En adelante, las actualizaciones de estos valores también se harán con base en el valor de la UVT vigente”.
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En ese orden de ideas, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, expidió la Resolución 001264 del 18 de noviembre de 2022, por la cual se fija en cuarenta y dos mil cuatro cientos doce pesos (842,412), el valor de la Unidad de Valor Tributario — UVT que regirá durante el año 2023, el que representa un incremento de 11.60% respecto del valor que rigió durante el año 2022.
Así las cosas, los valores resultantes de la aplicación de los porcentajes establecidos en los referidos artículos 8, 9, 10 y 11 del Acuerdo 260 del de 2004, deben calcularse de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, es decir, con base en el incremento de la Unidad de Valor Tributario — UVT, actualizados al 11.60%.
Cuotas moderadoras 2023 régimen contributivo
Copagos 2023 régimen contributivo
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Copagos 2023 régimen subsidiado
El porcentaje máximo del servicio será el 10%, y sus topes los siguientes:
Descargue copagos y cuotas moderadoras 2023 establecidos en la circular externa 055 de 2022