VMR tendrá nueva metodología – resolución 243 de 2019

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El Ministerio de Salud y Protección Social definió mediante resolución 243 del 31 de Enero de 2019, la metodología para el cálculo del valor máximo para el reconocimiento y pago de servicios y tecnologías no financiados con la Unidad de Pago por Capitación.

CONSULTORSALUD te da a conocer los detalles del listado contenido en el anexo técnico de los grupos relevantes con sus VMR que se aplicarán a los recobros presentados ante la ADRES por las entidades recobrantes de los servicios y tecnologías no cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud prestados a partir de la expedición de este acto administrativo. Lea también: incrementos del 9,40% y 5,31% para la upc desde el 1 de enero de 2019

Ámbito de aplicación

Las disposiciones contenidas en la presente resolución aplican a las Entidades Promotoras de Salud -EPS, a las demás Entidades Obligadas a Compensar (EOC), a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS y demás entidades recobrantes que suministren a sus afiliados servicios y tecnologías en salud no financiadas con cargo a la Unidad de Pago por Capitación y que deban ser recobrados ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).

Metodología para el cálculo del VMR

calculo de VRM

El cálculo del VMR se realizará con base en los siguientes criterios:

  1. Clasificar la fuente de información de acuerdo con la definición de grupo relevante contenida en el presente acto administrativo.
  2. Priorizar y ordenar los grupos relevantes teniendo en cuenta:
  • El valor recobrado considerando los valores a precios constantes del año de vigencia y la variación porcentual de dicho valor, de conformidad con las bases de recobro que aplique para el periodo de referencia. La priorización que se aplicará será la enviada por ADRES. En la priorización y ordenación no se tendrá en cuenta los grupos relevantes que se encuentren publicados en los artículos 5 y 6 de la Circular 07 de 2018 de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM) o aquella que la sustituya, así como tampoco grupos relevantes que tienen precios regulados por la misma Comisión.
  • Llevar a unidades mínimas de concentración o dispensación las cantidades suministradas de los medicamentos dentro de los grupos relevantes.
  • Calcular para cada grupo relevante, el valor en unidades mínimas de concentración o dispensación.
  • Detectar y depurar los valores atípicos del anterior cálculo (numeral 4.4).

 Con los datos depurados se calcula el VMR en unidad mínima de concentración o dispensación por grupo relevante, teniendo en cuenta lo siguiente:

  • Si en el grupo relevante hay un solo oferente, el VMR será el percentil diez (10) de los valores calculados y depurados en el periodo de referencia.
  • Si en el grupo relevante hay dos o más oferentes, el VMR del grupo relevante será el percentil veinticinco (25) de los valores calculados y depurados en el periodo de referencia.
  • Para efectos del cálculo del VMR se debe tomar el valor recobrado por los servicios y tecnologías no cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud presentados ante la ADRES en estado aprobado, sin considerar el valor de la cuota moderadora o copago conforme lo determina la normatividad vigente, tampoco el monto del comparador administrativo contenido en el listado de comparadores administrativos que adopte este Minsalud, ni al valor calculado para las tecnologías en salud financiadas con recursos de la UPC utilizadas o descartadas, aspecto que los agentes de la cadena de formación de valor deben tener en cuenta.

cálculo de VRM

Del universo de solicitudes en estado de recobro aprobado, se toma el valor total recobrado para cada grupo relevante en el periodo de referencia. La fecha que le corresponde a cada registro de la base es la de la fecha de prestación de servicio que se encuentre dentro del periodo de referencia.

Reconocimiento realizado por la ADRES

El reconocimiento realizado por la ADRES solo aplicará para aquellos medicamentos que fueron ordenados o prescritos en el uso autorizado por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA o que forman parte del listado UNIRS.

Reconocimiento y pago del VMR de tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC

Si las entidades recobrantes presentan solicitudes de recobro por un valor inferior al definido por este Minsalud como VMR, la ADRES reconocerá y pagará el valor solicitado.

Descargue: Resolución 243 de 2019- metodología para el cálculo del valor máximo para el reconocimiento y pago de servicios y tecnologías no financiados con la Unidad de Pago por Capitación.

 

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