Tribunal suspende sentencia que ordena traslado de afiliados de Medimás

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspendió la sentencia publicada por ese mismo despacho en abril pasado, en la que ordenaba a la Superintendencia de Salud revocar la habilitación de Medimás, trasladar los afiliados a otras EPS y reversar la venta de los activos de Cafesalud
Tribunal suspende sentencia que ordena traslado de afiliados de Medimás
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca suspendió la sentencia publicada por ese mismo despacho en abril pasado, en la que ordenaba a la Superintendencia de Salud revocar la habilitación de Medimás, trasladar los afiliados a otras EPS y reversar la venta de los activos de Cafesalud a Medimás.

La suspensión de la sentencia se da porque la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca concedió los recursos de apelación interpuestos por Medimás, Prestnewco S.A.S (dueño de Medimás), Cafesalud y Saludcoop.

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“Concédase el efecto suspensivo y ante el Consejo de Estado los recursos de apelación interpuestos (…) y en consecuencia remítase de manera inmediata el expediente a la Corporación”, dice el fallo que podrá encontrar adjunto en este artículo.

Esto quiere decir que no habrá decisión de fondo frente a lo ordenado inicialmente por el Tribunal, hasta que el Consejode Estado no lo resuelva.

Minsalud aclara la situación

El viceministro de Salud Pública, Iván González, precisó el alcance del más reciente fallo del Tribunal de Cundinamarca, principalmente en el aspecto que se suspende el traslado de usuarios de Medimás a otras EPS.

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“Es importante aclarar que el sentido del fallo se refiere a un traslado masivo de usuarios que debía hacer la Superintendencia de Salud, pero eso no significa que hoy quienes estén en Medimás no puedan cambiar de EPS”, aclaró el funcionario.

González aseguró que las personas se pueden trasladar de Medimás, como lo han venido haciendo, pues independientemente del fallo, tienen libertad de elección de EPS.

“En el último mes, 75 mil personas se han cambiado de EPS a través del Sistema de Afiliación Transaccional”, agregó el viceministro.

Cualquier persona puede cambiar de EPS ingresando a http://miseguridadsocial.gov.co.

¿Qué definirá el Consejo de Estado?

Ahora el Consejo de Estado deberá resolver la demanda en la que se declaraba una violación a los derechos colectivos, como lo es el servicio público a la salud y que su prestación sea oportuna y eficiente.

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Será el Consejo de Estado el que defina si deja en firme las siguientes órdenes, entre otras, que dio el Tribunal en abril pasado:

  • A la Superintendencia de Salud revocar la habilitación otorgada a MEDIMAS EPS S.A.S. mediante la Resolución No. 0973 de 1994
  • Dicha revocatoria debe efectuarse de manera progresiva, en la medida que se asegure el traslado efectivo de afiliados de MEDIMAS EPS a las EPS receptoras.
  • A la Superintendencia de Salud, que en el término de seis (6) meses proceda a la redistribución de los afiliados de MEDIMAS EPS S.A.S
  • El reglamento de venta de los activos y pasivos de Cafesalud EPS y de las acciones de Esimed.

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