Trabajadores independientes pagarán seguridad social mes vencido: Decreto 1273 de 2018

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El gobierno nacional mediante decreto 1273 de 2018 ha reglamentado parcialmente los aportes a seguridad social de los trabajadores independientes.

El documento deja claro que el pago se debe efectuar mes vencido, por periodos mensuales, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y teniendo en cuenta los ingresos percibidos en el periodo de cotización, es decir, el mes anterior.  Es decir, las personas pagarán salud y pensión a mes vencido, y no de forma anticipada como se viene realizando hasta el momento.

El ingreso base de cotización (IBC) al Sistema de Seguridad Social Integral del trabajador independiente con contrato de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante corresponde mínimo al 40% del valor mensualizado de cada contrato, sin incluir el valor total del Impuesto al Valor Agregado (IVA). En ningún caso el IBC podrá ser inferior al salario mínimo mensual legal vigente ni superior a 25 veces el salarío mínimo mensual legal vigente.

Los contratantes públicos, privados o mixtos que sean personas jurídicas, los patrimonios autónomos y consorcios o uniones temporales conformados por al menos una persona jurídica deberán efectuar la retención y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes de los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante.

Esta reglamentación empezará a regir desde el primero de octubre, el pago de la seguridad social tendrá que ser retenido al momento que la entidad o empleador efectúe el respectivo pago por la actividad laboral del trabajador.

La norma, que modifica el decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, no afecta las coberturas de las prestaciones y las entidades administradoras quienes deben garantizar el servicio a sus afiliados.

Descargue a continuación el Decreto 1273 de 2018.

 

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