Se suprime la exigencia de prueba PCR a viajeros que ingresan al país

Cartera de salud eliminó la entrega del resultado de la prueba PCR para Covid-19 como requisito de los vuelos que ingresan al país.
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Con la resolución 1972 de 2020 emitida por el Gobierno Nacional se modificó la normativa que adoptaba el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19, en el transporte internacional de personas por vía aérea. En este sentido, la cartera de salud eliminó la entrega del resultado de la prueba PCR para Covid-19 como requisito para ingresar al país.

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Prueba PCR ya no será requisito en Colombia

Ahora para ingresar a Colombia no habrá necesidad de las prueba PRC, sin embargo deberá tener presente lo siguiente.

No presentar fiebre o síntomas respiratorios asociados el Covid-19 y diligenciar, previo al vuelo y de manera correcta, la aplicación Chech-Mig. Una vez en suelo colombiano la estrategia nacional PRASS a través de su Centro de Contacto Nacional de Rastreo (CCNR), junto con entidades administradoras de planes de beneficios y Secretarías de Salud, serán las encargadas de hacerle seguimiento al o los pasajeros que durante el viaje presentaron síntomas asociados a Covid-19, a través de sus equipos de rastreo y con el apoyo de la Policía Nacional y autoridades migratorias.

La nueva medida dispone que los pasajeros están obligados a usar tapabocas en todo momento desde la llegada a la terminal aérea. La aerolínea deberá informar a los pasajeros que deben estar preparados con más de un tapabocas para poder cambiarlo en el caso de que sea necesario. Durante el vuelo, y en la medida de las posibilidades, la tripulación deberá tener un baño exclusivo y no compartir los elementos usados para las demostraciones de seguridad. Los servicios de comida a bordo se deben hacer en vuelos con una duración mayor a dos horas y, en el caso que corresponda, los alimentos deben distribuirse en contenedores sellados y preenvasados.

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Operación antes del vuelo

Aunque la prueba PCR no serán requisito para los turistas que ingresan en el país tenga presente que dentro de las medidas adoptadas para quienes deseen viajar se deberán tener presentes las siguientes:

  • Impedir el abordaje al pasajero que presente fiebre o síntomas respiratorios asociados a COVID-19 y a aquellos que no hayan diligenciado, previamente, la aplicación Check— Mig.
  • Informar en sus páginas web que cada viajero que llegue al país será objeto de rastreo por parte de su asegurador o la secretaría de salud del lugar donde permanecerá durante los siguientes 14 días.
  • Anunciar en la sala de embarque que es obligatorio e/ uso de tapabocas para todas las personas mayores de dos años, durante todo el vuelo y que en la medida de lo posible no deben utilizarse los baños de la aeronave.
  • Informar en sus páginas web y al momento de la venta del tiquete que, durante vuelos de más de 2 horas, los pasajeros deben llevar múltiples tapabocas para reemplazarlos”.

Declaraciones de la Secretaria de Salud sobre las medidas con la exigencia de la prueba PCR

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