Supersalud ordenó liquidar Cafesalud – Resolución 7172 de 2019

Mediante la Resolución 7172 de 2019, la Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios la intervención forzosa administrativa para liquidar Cafesalud EPS.
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Mediante la Resolución 7172 de 2019, la Superintendencia Nacional de Salud ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios la intervención forzosa administrativa para liquidar Cafesalud EPS.

Según dice la Resolución, la representante legal de Cafesalud, Angela Maria Echeverri, solicitó en al menos tres ocasiones ordenar la intervenciôn forzosa administrativa para liquidar Cafesalud EPS S.A. entre octubre de 2018 y el primer semestre de 2019.

Con este antecedente, la Delegada para las Medidas Especiales realizó requerimiento de información a la doctora Angela Maria Echeverri.

Antes de adoptar la decisión de liquidar Cafesalud, la Supersalud dio dos meses de plazo a la EPS para que concilie las obligaciones con sus acreedores y presente una certificación de revisor fiscal sabre el valor insoluto de cada una de las acreencias.

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Sin embargo, el informe de la Superintendencia Delegada para la Supervisión sobre el proceso de reconocimiento de acreencias de la EPS con la red de prestadores y proveedores de tecnologías evidenció grandes fallas y pocos avances de Cafesalud en ese sentido.

El informe

En primer lugar el informe señala que a partir del análisis realizado por la Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional con base en los informes presentados por Cafesalud, mesas de trabajo y compromisos, respecto del Proceso de Reconocimiento de Acreencias, se “evidencia inconsistencia y falta de claridad en la información aportada, no permitiendo determinar los saldos reales de los valores reclamados, reconocidos, rechazados, y los pagos efectivamente realizados.

Asimismo, la Supersalud identificó incumplimiento al compromiso de presentación de plan de trabajo al 15 de agosto de 2018, para el proceso de conciliación con cada uno de los 3.077 prestadores que hacen parte de las acreencias.

En tal sentido, Cafesalud informó el cargue de 3.077 prestadores de servicios y tecnologías de salud, respecto de los cuales remitió en fecha 26 de octubre de 2018, la relación con valores reclamados, precisando que estos valores no han sido conciliados, y por ende los valores definitivos se obtendrán una vez agotada esta etapa.

Frente a ese proceso de conciliación, respecto el cual Cafesalud informó a la Superintendencia el cronograma que estableció para conciliar con 1.106 acreedores entre el entre el 30 de agosto de 2018 y el 21 de febrero de 2019, permitió inferir que el informe de gestión no contiene la cifra real del pasivo de la EPS.

Dadas las diferencias en la información financiera identificadas a partir de los informes de gestión que incorporan los movimientos y variaciones financieros registrados a diciembre de 2018 respecto de diciembre de 2017, “no se tiene certeza de la realidad financiera de Cafesalud EPS SA, principalmente en relación con las acreencias”.

OTROS HALLAZGOS

Entre los aspectos que la Supersalud tuvo en cuenta para determinar las irregularidades y falta de certeza financiera de Cafesalud están:

  • Se identifican diferencias en las variaciones de las cuentas por pagar POS
  • No hay coincidencia respecto de las disminuciones de los pasivos por concepto de licencias de maternidad e incapacidades por pagos de MEDIMAS EPS SAS frente a los reportes de información semanales que informa el Tribunal para los mismos cortes y que informa Cafesalud.
  • El valor de los procesos judiciales no se encuentra totalmente reconocido dentro de las provisiones, la cual subestima el pasivo.
  • Respecto de las 341 medidas de embargo por $699.128 millones, el nivel de detalle presentado en el informe de gestión periodo 15 de octubre de 2018 al 31 de enero de 2019 no es posible identificar su efecto.
  • El informe de Cafesalud revela que en noviembre de 2018 el valor presentado ante la ADRES por licencias de maternidad fue de $11.203 millones, sobre el cual se aprobó un monto de $8.192 millones. Una vez verificada la información en este corte se identifica que para este corte le correspondió $2.938 millones.
  • De conformidad con la información reportada por Cafesalud, a corte abril fue notificada de 3.350 acciones de tutela por violación al derecho fundamental del mínimo vital por falta de pago de las prestaciones económicas, las cuales ascienden a la suma de $3.925 millones, las cuales no ha acatado, por la imposibilidad en la disposición de los recursos que se encuentran embargados en la cuenta maestra.
  • Cafesalud tiene pendiente con sus exafiliados el pago de sentencias judiciales, procesos jurisdiccionales, licencias de maternidad y paternidad y reembolsos médicos por $32.638.314.000.000.
  • La entidad cuenta con 2591 de los que en el 38,2%, 990 procesos, los exafiliados solicitan el pago de incapacidades, licencias de maternidad y paternidad.

El liquidador

El Superintendente Nacional de Salud acogió la recomendación del Comité de Medidas Especiales de designar como Liquidador al doctor Felipe Negret Mosquera.

Negret tendrá a cargo la administración de los bienes que se encuentren en poder de Cafesalud, junto con los demás deberes y facultades de ley.

Así mismo, le corresponderá la realización de inventario preliminar.

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