Supersalud niega reorganización de Cajas de Compensación

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La decisión de la Supersalud se tomó a través de la Resolución 010349 de 2018. Las Cajas de compensación de Cartagena-Bolívar, Sucre, Huila y Córdoba, pidieron autorización a la Superintendencia, el 7 de marzo de 2018, para un Plan de Reorganización Institucional consistente en la escisión (transferencia de su patrimonio) parcial de activos y pasivos de sus programas de aseguramiento en salud a favor de una nueva entidad denominada EPS Familiar de Colombia S.A.S.

El 22 de agosto Comfasucre modificó la solicitud por la de escisión por creación de una nueva entidad, con lo que, de ser aprobada, se cederían a la “EPS Familiar de Colombia S.A.S”. los activos, pasivos, contratos, los afiliados y el permiso de funcionamiento.

La Superintendencia negó la solicitud porque hay incertidumbre frente al monto real de capitalización de acreencias y de los inversionistas que finalmente participarían en la nueva entidad.

El ente de vigilancia encontró diferencias e inconsistencias en esos inversionistas y en los montos a capitalizar de acreencias, entre los diversos archivos que integran la solicitud de autorización del Plan de Reorganización.

Igualmente, los inversionistas constituidos recientemente no cumplen con las características mínimas para participar en la nueva entidad.

A corte de diciembre de 2017, hay diferencias entre la información radicada por las entidades escindentes y la información financiera reportada a la Superintendencia Nacional de Salud.

También se incumple con la inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS) y el reporte de información a la Superintendencia, por parte de algunos posibles inversionistas.

De acuerdo con la información de los inversionistas, a corte de diciembre de  2017, se evidencia que algunos no tienen capacidad financiera. Además, se encuentran inconsistencias en las uniones temporales presentadas como posibles inversionistas, vía capitalización de acreencias de la EPS Familiar de Colombia S.A.S.

Se verificó, igualmente, que la solicitud de Plan de reorganización no se ajusta a la normatividad vigente que rige este tipo de procedimientos dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud y no cumple la circular externa 005 de la Superintendencia Nacional de Salud, en lo relacionado con la Primera etapa del Proyecto del Plan de Reorganización Institucional de creación de la nueva entidad.

Contra la Resolución procede el recurso de reposición establecido en el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Descargue a continuación: comunicado de la SuperSalud negando la reorganización de las cajas de compensación para crear una EPS llamada EPS Familiar de Colombia.

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