Supersalud en riesgo por multa millonaria

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La Superintendencia Nacional de Salud, fue multada por $85.000 millones de pesos, a raíz de un fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Octava Laboral-Civil- Familia de Barranquilla, frente a una demanda interpuesta por 37 IPS que prestaban sus servicios a 5 EPS que  la Supersalud, en ejercicio de sus funciones legales y reglamentarias, ordenó su liquidación forzosa.

Las EPS liquidadas fueron: Selvasalud, Salud Cóndor, Solsalud, Calisalud, Golden Group y Humana Vivir, al encontrarse irregularidades en el cumplimento de la prestación del servicio de salud.

Aunque la entidad no tiene nada que ver con las acreencias, en criterio de los demandantes debe cubrirlas por tener a su cargo la vigilancia de esas EPS y haber ordenado su liquidación, proceso durante el cual no se les reconocieron esas deudas.

La millonaria multa que deberá pagar la Institución de vigilancia y control después del fallo de última instancia, tomó por sorpresa al superintendente Fabio Aristizábal, debido al efecto que se genera a la hora de tomar acciones contundentes para exigir una mejor calidad en la atención en salud.

El superintendente indicó “Tenemos una problemática que considero dramática para el país, porque se ha vuelto más riesgoso actuar que no actuar. Si la Superintendencia entra a sancionar el comportamiento de una EPS, ahora resulta que nos demandan a nosotros y fallan en contra de la Superintendencia”.

Además, ratificó: “ante esta decisión la entidad mantiene una medida especial sobre 22 EPS que pueden reunir a 20 millones de colombianos y en el momento en que empecemos a tomar decisiones el drama que están viviendo las IPS se devolverá a la Superintendencia Nacional de Salud”.

ACCIONES PENALES

Cuando el juez 13 civil del circuito de Barranquilla falló la primera instancia en su contra, se pidió la intervención de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, de la Procuraduría y de la Fiscalía. De hecho, se instauró una denuncia penal contra el juez del caso, Libardo León López, por presunto prevaricato por acción, al haber asumido un caso que no es de su jurisdicción, como él mismo lo señaló en septiembre de 2015. 

El Tribunal de Barranquilla negó que el juez tuviera impedimento y libró el mandamiento de pago en contra de la Súper. La decisión fue acatada por el juez del caso, quien advirtió que fallaba en derecho, apegándose a la ley.

La Superintendencia en conjunto con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, con fecha 13 de julio de 2018, instauró denuncia penal contra el Juez 13 Civil del Circuito de Barranquilla y el Magistrado Abdón Sierra Gutiérrez, del Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Octava Civil-Laboral-Familia de Barranquilla, por el presunto delito de Prevaricato por Acción.

La super alega que el caso debía ser resuelto en la jurisdicción contenciosa administrativa, no en la ordinaria y menos en un juzgado de familia.

acciones penales

Fundación Campbell, gestora de la demanda

la demanda  a la super arrancó en 490 millones de pesos, monto adeudado a la Fundación Campbell de Barranquilla, que, según el Diario El Tiempo, ha sido denunciada por presuntas trampas millonarias al SOAT. Esta fundación, gestora de la demanda, desistió de sus pretensiones y admitió que una firma de abogados (Juriservir) le ofreció recaudar la deuda sin que les abonaran honorarios. Luego se acumularon 35 reclamaciones más, disparando las pretensiones a 85.000 millones de pesos.

Entre los demandantes están:

  • Clínica Candelaria (reclama 11.800 millones de pesos)
  • Centro Cardiológico Valledupar Ltda. (2.900 millones)
  • Global Life Ambulancia (2.700 millones)

A pesar de ello, los magistrados Carmiña González y Abdón Sierra confirmaron la sentencia de primera instancia, que condena a la Súper a pagar la millonaria suma, restando los montos de las IPS que desistieron del cobro.

Es importante resaltar, además que, uno de los tres magistrados (Alfredo de Jesús Castilla), salvó su voto, especificando de acuerdo con la decisión que: no ve una obligación clara, expresa y exigible de la Superintendencia para con los demandantes. dice que la entidad no puede ser obligada a cumplir obligaciones que no fueron suscritas por ella.

Por su parte, Gustavo Morales, presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi), afirmó que este fallo estaría relacionado con unas decisiones que él tomó, cuando era Superintendente Nacional de Salud para asegurar la atención médica de los colombianos que reclamaban acciones contundentes por la mala calidad en el servicio de salud.

“Yo tomé esas decisiones con la información que tenía en ese momento con mi saber y entender, pensando además en los pacientes. Si eso me va a costar a mí 85.000 millones de pesos, imagínese lo que eso significa para los funcionarios buenos que quieran prestar un buen servicio”, señaló.

La Supersalud junto a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, estudia las vías jurídicas para reversar el fallo y, de paso, frenar el efecto dominó que se generaría si llega a quedar en firme.

“Tendríamos que liquidar la entidad si esto toma ese curso”: Fabio Aristizábal, superintendente de Salud.

 

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