Supersalud: ‘cesación provisional’ a 6 EPS por barreras de acceso en salud

Mediante ‘medidas cautelares de cesación provisional’, la Supersalud ordeno a estas EPS remover barreras que impiden a los usuarios acceder a tratamientos de alto costo y a la entrega de medicamentos.
Supersalud cesación provisional a 6 EPS por barreras de acceso en salud
[favorite_button]
Comentar

Nuevas medidas cautelares de cesación provisional contra las EPS Medimás, Coomeva, Savia Salud, Comparta, Ambuq y Convida fueron interpuestas por la Superintendencia Nacional de Salud, para resolver de manera inmediata las 14.130 peticiones, quejas y reclamos que tienen desde enero de 2019, relacionadas con la autorización y entrega de medicamentos, la prestación de todo tipo de servicios y los tratamientos a pacientes de alto costo.

También puede leer: así deben reportar las EPS las incapacidades derivadas del covid-19

Pero, ¿en qué consiste la cesación provisional?

La cesación provisional es una medida  que busca cesar cualquier tipo de barrera administrativa que les impida a los usuarios acceder de manera oportuna a un medicamento, cita médica o programación de un servicio de salud.

El  máximo órgano de vigilancia del sector salud  también indicó, obligó a estas EPS a que remitan un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes y a demostrar los resultados efectivos que garanticen de manera inmediata la respuesta a los siguientes casos:

EPS 1

pqrd presentadas

Así mismo, frente a estas peticiones, quejas y/o reclamos (PQRD),  que fueron radicadas a lo largo de 2019, y hasta el 31 de marzo de 2020, la Supersalud afirmó  que las EPS Medimás y Coomeva concentran el 79% de las quejas que deben ser atendidas con inmediatez.

Razón por la cual, el ente de control mediante las resoluciones 002018, 002019, 002023, 002024, 002025 y 002048 de abril de 2020, estableció medidas cautelares de cesación provisional” con esto busca que las EPS eliminen las barreras administrativas que han obstaculizado o negado el acceso a sus afiliados, incluso a servicios básicos como la programación de citas médicas, la autorización de procedimientos o la entrega de tecnologías de salud.

 “No vamos a permitir que los derechos de los usuarios sean vulnerados, más si tenemos en cuenta la emergencia sanitaria que atravesamos; aquí las EPS tienen la responsabilidad de garantizar, no solo durante esta situación sino de manera continua, una atención en salud en términos de disponibilidad, oportunidad, accesibilidad y calidad y para quienes no cumplan seremos implacables con las sanciones”, aseguró el Superintendente Nacional de Salud, Fabio Aristizábal Ángel.

También puede leer: Gobierno destinó $450 mil millones para profesionales médicos

Advertencia a las EPS

En esta misma línea, la Superintendencia de Salud manifestó a las EPS que de manera inmediata, sean resueltas las dificultades identificadas, relacionados fundamentalmente con la entrega de medicamentos y las barreras de atención a pacientes de alto costo, advirtió que, de incumplir estas instrucciones serán investigadas administrativamente.

“Es inaceptable que los usuarios tengan que seguir padeciendo dificultades para acceder a los servicios de salud; todas las EPS tienen la responsabilidad de garantizar el derecho a la salud y más tratándose de usuarios con protección especial como es este caso”, agregó el Superintendente Aristizábal Ángel.

En este sentido, además de cesar las barreras administrativas que dilatan o niegan los servicios requeridos, las citadas Empresas Promotoras de Salud deberán remitir un plan completo que evidencie el cumplimiento de las órdenes de la Superintendencia.

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

  • Lo sentimos, este producto no se puede comprar.
Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda