Sellos octagonales en ultraprocesados exige Tribunal de Cundinamarca al MinSalud

Sellos octagonales en ultraprocesados exige Tribunal de Cundinamarca al MinSalud. Tomado de la cuenta @DeEtiquetado en twitter.
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Ministerio de Salud modificar la resolución 810 del 2021, la cual indica los lineamientos del etiquetado frontal de alimentos.

Inicialmente, la resolución establecía que el etiquetado sería figura circular y anunciaría que el producto era “alto” en ciertas sustancias que podrían afectar los consumidores.

La modificación del alto Tribunal indica que los alimentos ultra procesados deberán estar etiquetados bajo los lineamientos del estudio realizado por la Universidad de Antioquia, en materia de etiquetado frontal, que determina que la mejor forma de advertencia debe ser octagonal, de color negro y con la palabra “exceso” en la parte superior del producto.

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Esta sentencia de primera instancia fue dictada como resolución a la demanda instaurada por la Corporación Colombiana de Padres y Madres (Red Papaz) contra el Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia de Industria y Comercio, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la Comisión de Regulación de Comunicaciones, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos Y Alimentos, la Autoridad Nacional de Televisión, Alpina Products Alimenticios S.A. y Gaseosas Tobón S.A.

“Sabemos que el Gobierno Nacional ha informado en repetidas oportunidades que el 6 de diciembre se va a expedir el nuevo reglamento de etiquetado frontal de advertencia, por tanto, es importante que el Gobierno cumpla con esa promesa”, afirmó Andrés Vélez, asesor legal de Red Papaz.

El pasado 2 de noviembre, el Consejo de Estado había ordenado al Gobierno reglamentar en dos meses las reglas de advertencia para el consumo de alimentos con alto contenido de nutrientes críticos. Por ello, recordó que es responsabilidad de la rama ejecutiva regular las obligaciones que tienen los fabricantes de este tipo de productos, según se consigna en la Ley 2120 de 2021, también conocida como ‘ley de comida chatarra’.

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