Se frenó liquidación de la EPS Emdisalud por acción de tutela

Juzgado Penal del Circuito de Lorica (Córdoba) ordena a la Supersalud suspender la liquidación y volver a habilitar a la EPS Emdisalud.
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La Superintendencia de Salud fue notificada este martes por parte del Juzgado Penal del Circuito de Lorica (Córdoba) de una nueva acción de tutela que ha generado dilación en los procesos administrativos que tienen que ver con la decisión de revocar la autorización de funcionamiento y la liquidación de la EPS Emdisalud.

Según esta orden presentada, el juzgado  de Córdoba le ordena a la Supersalud, como medida provisional, en un término no superior a 48 horas, suspender la liquidación y volver a habilitar a la EPS para prestar los servicios de salud con normalidad.

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Y los usuarios trasladados…

Esto quiere decir, que se le devuelven los bienes a Emdisalud, pero además, los cerca de  445.252 usuarios que el pasado, 1 de noviembre de 2019, fueron acogidos por las 11 aseguradoras que el Ministerio de Salud había dispuesto, podrán retornar a la EPS.

El juzgado señaló en su decisión: “Decretar la medida provisional solicitada. En consecuencia. Se ordena en forma provisional hasta que se adopte el fallo de tutela, levantar las medidas cautelares de funcionamiento y toma de posición de haberes y negocios ordenados mediante la resolución 8929 del 2019 y la intervención forzada administrativa para liquidar que recae contra Emdisalud quedando en estado inicial antes de su aplicación continuando con la prestación del servicio a los afiliados”.

TUTELA

Los hechos de la liquidación de Emdisalud

De otra parte, cabe  mencionar que la liquidación de Emdisalud se había confirmado el pasado 8 de octubre, entre otros hallazgos, por graves denuncias que evidenciaban los incumplimientos en la cobertura de la prestación de los servicios para baja y alta complejidad, que para el trimestre de 2019 era de 49,56%, además de presentar un patrimonio negativo de $-402.491 millones de pesos y no cumplir con los parámetros de solvencia y liquidez.

Así las cosas, esta actuación judicial proferida por el juzgado del Circuito de Lorica, que entre otras cosas, tiene suspendido el traslado de los afiliados de la EPS Saludvida, deja entre dicho las actuaciones que está realizando la Supersalud por orden del Gobierno Nacional de sancionar con toda la drasticidad a todos aquellos que abusen del sistema y los usuarios. Entonces, ¿Qué pasó con estas palabras? “A las EPS de mala calidad las vamos a sancionar con toda la drasticidad”, Iván Duque.

¿qué pasaría si prospera el fallo?

No cabe duda, que de prosperar  estas acciones se daría una posible opción para que a través de decisiones judiciales de tutela se puedan volcar decisiones como las de depurar del sistema quienes incumplan con la prestación adecuada de los servicios de salud de los usuarios.

Para Denis Silva, vocero de la organización Pacientes Colombia, dos hechos llaman la atención sobre las recientes decisiones de estos juzgados. La primera es que en ambas actuaciones están amparando los derechos de los empresarios por encima de los derechos de millones de usuarios afiliados a estas EPS. La segunda es que las decisiones de echar para atrás las revocatorias de habilitación de funcionamiento y liquidación de una EPS no deben ser producto de la instauración de una acción de tutela, sino de otros mecanismos judiciales.

“Mientras se llega a una decisión de fondo por parte de los tribunales, quienes tendrán que revisar los fallos de estos juzgados, los más perjudicados son los usuarios, unos porque aún están en vilo su traslado a otras EPS y otros porque están en riesgo de regresar a aseguradoras que no les estaban cumpliendo con la prestación de los servicios médicos, tratamientos ni medicamentos”, Concluye Silva en una entrevista concedida a un medio nacional.

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