Sanción de la Supersalud “carece de fundamento legal”: Medimás EPS

Tras conocerse la histórica multa impuesta, Medimás EPS se refirió a la situación, asegurando que la decisión de la Supersalud 'carece de fundamento legal'.
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El pasado 16 de agosto, la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) impuso dos multas a la EPS Medimás, en primera instancia, que alcanzan los $5.800 millones por fallas en la prestación de los servicios de salud de sus afiliados y por el no reporte de información.

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Tras conocerse la histórica multa impuesta, Medimás EPS se refirió a la situación, asegurando que la decisión de la Supersalud “carece de fundamento legal”. 

En el breve comunicado, que consta de cuatro puntos, Medimás EPS, planta su posición frente a la multa de 6.000 SMLMV de la Supersalud.

En primer lugar, Medimás considera que dicha sanción, interpuesta a través de la resolución 7590 de 2019, “carece de fundamento legal toda vez que aplica una normatividad que no es procedente” con los hechos investigados por la Supersalud que corresponden al año 2018.

Según el concepto de Medimás EPS, la normatividad aplicable, en razón a los requerimientos que dieron lugar a la investigación, es lo estipulado en ley 1438 de 2011 y no la 1949 de 2019, nueva normatividad que da más posibilidad a la Supersalud para sancionar a los diferentes actores del sistema.

¿Qué se viene?

Cabe recordar que la sanción impuesta es en primera instancia, por tal razón, Medimás EPS anunció que “procederá a ejercer su derecho a la defensa y contradicción a través de los recursos de reposición en subsidio de apelación previstos por la normatividad vigente y acudirá a las vías judiciales que considere pertinentes”.

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Finalmente, Medimás precisó que esta multa no afecta la operación de la EPS, “por ello Medimás EPS continuará garantizando el acceso a los servicios de salud a sus más de 3 millones 800 mil usuarios en todo el territorio nacional de una manera oportuna, humanizada y eficiente”, concluye el comunicado.

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