Rutas integrales de Promocion de la Salud y Materno Perinatal – Resolucion y lineamientos

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Para CONSULTORSALUD se acaban de liberar por parte del Ministerio de Salud las Rutas Integrales más importantes: la de la promoción y el mantenimiento de la salud con sus procedimientos obigatorios (esta muy interesante), y la Ruta de Atención Integral Materno Perinatal.

Es necesario adoptar los lineamientos técnicos y operativos de la Ruta Integral de Atención en Salud para la Promoción y Mantenimiento de la Salud y de la Ruta Integral de Atención en Salud para la población Materno Perinatal, los cuales contienen las directrices de obligatorio cumplimiento para la ejecución de las intervenciones poblacionales, colectivas e individuales de protección específica, detección temprana y educación para la salud, contenidas en dichas Rutas; Usted puede al final del articulo descargar el proyecto de Resolucion de las dos RIAS, y los linamientos y procedimientos en versión de consulta pública.

Las disposiciones de la presente resolución (proyecto para observaciones) están dirigidas a las Entidades Territoriales, las Entidades Promotoras de Salud, las Entidades Obligadas a Compensar, los Regímenes de Excepción, los Regímenes Especiales, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y demás entidades responsables de las intervenciones relacionadas con la promoción, mantenimiento de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, paliación y en general que desarrollan acciones en salud, de acuerdo con sus competencias, responsabilidades y funciones en el marco de la operación del modelo integral de atención en salud- MIAS, dentro de la política de Atención Integral PAIS

RUTA INTEGRAL DE PROMOCION Y MANTENIMIENTO DE LA SALUD (RPMS)

La Ruta Integral de Atención para la Promoción y Mantenimiento de la Salud (RPMS), hace parte de los componentes del Modelo Integral de Atención en Salud (MIAS) y se enmarca en el concepto de atención integral en salud como medio para alcanzar los resultados en las personas familias y comunidades.

La RPMS, es una herramienta operativa de obligatorio cumplimiento en todo el territorio nacional, que define a los integrantes del sector salud (Dirección Territorial de Salud, aseguradores, entidades a cargo de regímenes especiales o de excepción y prestadores) las condiciones necesarias para garantizar la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad y la generación de una cultura del cuidado para todas las personas, familias y comunidades[1], como parte de la garantía del derecho a la salud (definido en la Ley Estatutaria de Salud).

Este componente del MIAS, integra las intervenciones poblacionales, colectivas e individuales, así como las acciones de gestión de la salud pública, reconociendo que la atención en salud es un proceso continuo y en este sentido, define una serie de atenciones ordenadas e intencionadas a cargo de los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud – SGSSS que garantizan:

  • Valorar integralmente los logros del desarrollo en todas las personas,
  • Potenciar las capacidades físicas, cognitivas y psicosociales que le permitan a las personas el cuidado de su salud y alcanzar los resultados en su desarrollo,
  • Gestionar temprana, oportuna e integralmente los principales riesgos en salud, que incluyen reducir la susceptibilidad al daño, teniendo en cuenta tanto los riesgos acumulados como los que emergen en el momento vital,
  • Incidir en la afectación de los entornos para que sean protectores y potenciadores del desarrollo,
  • Propiciar la articulación de las acciones del sector salud con las de otros sectores apuntando al desarrollo integral de las personas.

En consecuencia, los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y de las demás entidades que tengan a su cargo acciones en salud deben trabajar en acción coordinada y complementaría, integrando sus competencias y funciones, para promover las condiciones necesarias que aseguren la integralidad en la atención en salud y la afectación positiva de los determinantes sociales de la salud.

PROGRESIVIDAD Y GRADUALIDAD

Las intervenciones, acciones y procedimientos definidos en los lineamientos de las Rutas de que trata la presente resolución deben ser garantizados a la totalidad de la población de forma gradual y progresiva en función de la capacidad instalada requerida. 

En todo caso, se debe garantizar en primera instancia la cobertura a los sujetos de especial protección definidos en el artículo 11 de la Ley 1751 de 2015, Estatutaria de Salud y luego, en un proceso sostenido y continuo, a la totalidad de la población. Para lo anterior, los integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) y las demás entidades que tengan a su cargo acciones en salud, deberán elaborar de manera coordinada el plan territorial para la implementación de las Rutas Integrales de Atención en Salud, que incorpore las actividades y tiempos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.

TALENTO HUMANO PARA LA OPERACION DE LAS RUTAS

Cada integrante del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en el marco de sus competencias, deberá garantizar la disponibilidad, suficiencia e idoneidad de talento humano requerido para la prestación de las intervenciones definidas en las Rutas. Para ello, se deberá cumplir con el
perfil definido en los lineamientos, sin perjuicio que se puedan incluir los perfiles adicionales que de acuerdo con las condiciones territoriales y socioculturales se consideren pertinentes.

OBJETIVOS RUTA INTEGRAL DE PROMOCION Y MANTENIMIENTO DE LA SALUD

a)    Identificar y desarrollar capacidades, habilidades y prácticas en las personas, las familias y las comunidades para el cuidado y mantenimiento de la salud, potenciando su desarrollo.

b)    Identificar oportunamente vulnerabilidades, factores de riesgo, riesgos acumulados y alteraciones que emergen en cada momento vital, que ameriten acciones en salud a las personas, las familias y/o las comunidades, con el fin de referirlas para su manejo.

c)     Afectar los entornos para que sean protectores y potenciadores de la salud y el desarrollo.   

d)    Realizar el seguimiento de la salud y el desarrollo integral de las personas en cada uno de los momentos de curso de vida.

e)    Establecer parámetros generales que articulen la acción de los diferentes actores territoriales en torno a la promoción de la salud, el desarrollo integral y la gestión del riesgo en salud de las personas, las familias y las comunidades.

ENFOQUE TERRITORIAL DE LA RUTA

El enfoque territorial reconoce que el territorio es producto de una construcción social, que genera identidad y supone comprender tanto las necesidades que los habitantes viven en los espacios de su vida cotidiana, como sus potencialidades, recursos y la cultura que los pobladores han ido construyendo, lo que incluye el simbolismo que su territorio tiene para ellos. En consecuencia, el territorio determina los significados, creencias, valores y prácticas relacionadas con la salud que los sujetos construyen. Lo anterior es necesario reconocerlo para lograr la contextualización adecuada de las políticas públicas y en este caso particular, de la RPMS.

Esto implica que en función de las características de cada territorio y la categorización de los mismos en los ámbitos territoriales definidos en la PAIS (urbano, rural y rural disperso), se realicen la planeación, ejecución, seguimiento, monitoreo y evaluación de la RPMS y los ajustes en aspectos tales como: los servicios, las modalidades de prestación, la inversión, las tecnologías, los mecanismos de abordaje de las poblaciones y la organización de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud que permitan el acceso, continuidad, calidad e integralidad de la atención en salud.

ORIENTACION POR RESULTADOS

La gestión de la RPMS (planificación, implementación, monitoreo del desempeño y evaluación), está determinada por los resultados en salud establecidos en la misma, las prioridades en salud del territorio, definidas a partir del Análisis de Situación de Salud, por la caracterización poblacional adelantada por los diferentes agentes del Sistema en el territorio y las metas definidas en el Plan Territorial de Salud. Adicionalmente, se tendrán en cuenta lo establecido en políticas y planes nacionales y territoriales; así como los compromisos nacionales e internacionales en materia de salud.

NIVEL TACTICO DE LA RUTA INTEGRAL

A partir de la planeación y definición de prioridades territoriales de salud, a los diferentes integrantes del SGSSS les corresponde la implementación de las acciones de gestión de la salud pública, conforme a lo establecido en la Resolución 518 de 2015 o la norma  que la adicione, modifique o sustituya y las directrices para la caracterización y ejecución de los procesos de gestión de salud pública en el marco de la política de atención integral en salud, a fin de lograr la consecución, optimización, monitoreo y evaluación de los recursos humanos, financieros, logísticos y tecnológicos que permitan la efectiva y eficiente implementación de la RPMS; por otra parte, les corresponde garantizar la prestación de los servicios en salud, acorde con lo establecido en la RPMS, para lograr los resultados en salud en las personas, familias y comunidades.

PROPOSITO DE LA RUTA INTEGRAL MATERNO PERINATAL

Contribuir a la promoción de la salud y al mejoramiento de los resultados en salud maternos y perinatales, mediante la atención integral en salud, incluida la acción coordinada y efectiva del Estado, la sociedad y la familia sobre los determinantes sociales y ambientales de las inequidades en salud.

OBJETIVOS ESPECIFICOS DE LA RUTA INTEGRAL MATERNO PERINATAL

a)    Garantizar el acceso universal a las intervenciones de la Ruta Integral de Atención en Salud Materno – perinatal.

b)    Identificar y gestionar oportunamente vulnerabilidades, factores de riesgo, riesgos acumulados y alteraciones que inciden en la salud de la mujer gestante y del recién nacido.

c)     Afectar positivamente los entornos, las familias y las redes para que sean protectores y potenciadores de la salud de las mujeres gestantes y del recién nacido.  

d)    Realizar el seguimiento a los resultados en salud esperados en las mujeres gestantes y en los recién nacidos.

INTERVENCIONES COLECTIVAS DE LA RUTA INTEGRAL MATERNO PERINATAL

Dado que la red de apoyo con la que cuenta la mujer gestante al interior de su comunidad es vital para su cuidado, se propone el fortalecimiento de la red de cuidado[1] familiar y comunitario, entendiendo la red como una estructura de vínculos entre actores que actúan colectivamente para alcanzar un objetivo común, que se fortalecen en la medida en que cada actor identifica su rol y los beneficios que trae su participación en la red, para sí mismo y para los demás integrantes; en este sentido, en el marco de los planes de intervenciones colectivas se deberá garantizar el trabajo en cuatro áreas:

  • Desarrollo de capacidades frente al autocuidado para la mujer, la madre y el recién nacido (estilos de vida saludables, búsqueda de la atención, seguimiento a las recomendaciones); la búsqueda de atención en salud para la materna y el recién nacido; y la preparación para el parto y situaciones de emergencia.
  • Aumentar la conciencia en relación con los derechos humanos y sexuales y reproductivos; la participación del hombre y otros actores con poder de decisión (conocimiento de necesidades de la mujer, signos de peligro, comunicación, apoyo y paternidad responsable); y la vigilancia epidemiológica con las comunidades así como auditorias de muertes maternas y perinatales.
  • El fortalecimiento de los vínculos como medio para reforzar el apoyo social no solo de los diferentes actores familiares y comunitarios, sino también con la institucionalidad, con el fin de establecer sistemas de financiamiento y transporte comunitarios; creación o fortalecimiento de hogares maternos; y articulación de los Agentes de la Medicina Tradicional (AMT), como las parteras, al sistema de salud.
  • Favorecimiento de espacios de dialogo participativo entre las instituciones sectoriales EAPB, IPS, DTS y la comunidad que fomenten la exigibilidad de los derechos sexuales y reproductivos.

Para que estas estrategias se llevan a cabo se deben concretar en los entornos favorables para la salud de la mujer, la madre y el recién nacido, de ellos los que resultan de especial importancia son el hogar, las comunidades y los lugares de trabajo. Según el contexto regional y nacional, pueden identificarse entornos adicionales.

EJEMPLO DE ATENCIONES INCLUIDAS EN LA RUTA DE PROMOCION PARA LA PRIMERA INFANCIA

Este procedimiento aborda las siguientes intervenciones o atenciones contempladas en la RIAPMS para el momento de la primera infancia:

  • Valorar el crecimiento y desarrollo (físico, motriz, cognitivo y socioemocional).
  • Valorar el estado nutricional y antropométrico.
  • Valorar las prácticas alimentarias.
  • Valorar las estructuras dento-maxilo-faciales y su funcionalidad.
  • Valorar la salud auditiva y comunicativa.
  • Valorar la salud visual.
  • Valorar la salud sexual.
  • Valorar la salud mental.
  • Valorar la dinámica familiar como apoyo al desarrollo integral.
  • Valorar el contexto social y las redes de apoyo social y comunitario.
  • Verificar esquema de vacunación.
  • Verificar u ordenar el suministro de micronutrientes.
  • Verificar u ordenar la desparasitación intestinal.
  • Información en salud a las niñas o niños, a sus familias o cuidadores.

COMPETENCIAS DEL TALENTO HUMANO EN LA RUTA INTEGRAL DE PROMOCION PARA LA PRIMERA INFANCIA

Los profesionales encargados de la valoración integral de la primera infancia deben ser competentes en la realización de examen físico pediátrico, evaluación del desarrollo infantil, evaluación antropométrica y nutricional, valoración de la salud auditiva, visual y bucal, prevención del consumo de tabaco y cesación del consumo de tabaco así como en la formulación y seguimiento de planes de cuidado

La valoración integral de la salud en la primera infancia debe ser realizada de forma complementaria entre los profesionales de medicina general o familiar y de enfermería, el profesional de enfermería podrá ordenar los medicamentos definidos en el presente procedimiento

En el caso de los niños de mayor riesgo, la valoración integral debe ser realizada por profesional de pediatría, o por profesionales de medicina general, de medicina familiar o de enfermería bajo el acompañamiento o la supervisión de pediatría, exclusivamente en los casos en los que no sea posible contar con pediatría.

Descargue las rutas a continuación:

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